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Alabama · Ala. Code §§35-20-3, 35-20-12Gravámenes de HOA en Alabama: cuándo nacen, su prioridad y la declaración de 12 meses

La Ley de Asociaciones de Propietarios de Alabama se aplica a urbanizaciones residenciales cuya declaración se inscribió a partir del 1 de enero de 2016, y a asociaciones anteriores cuyos miembros decidan por mayoría regirse por ella; no se aplica a condominios, cooperativas, tiempos compartidos ni urbanizaciones no residenciales (Ala. Code §35-20-3). Salvo que la declaración o los documentos de gobierno digan otra cosa, la asociación tiene un gravamen sobre cada lote por las cuotas impagas desde la fecha de su vencimiento, con aviso escrito de la cuota y del gravamen al dueño por entrega personal o correo de primera clase (§35-20-12(a)). El gravamen tiene prioridad sobre gravámenes posteriores, salvo los impuestos estatales y del condado, las contribuciones municipales por mejoras, los registros de accesorios del UCC y las hipotecas y escrituras de fideicomiso que garantizan una deuda (§35-20-12(b)). Dentro de los 12 meses siguientes al vencimiento de una cuota, la asociación inscribe ante el juez de sucesiones una declaración de gravamen verificada con la descripción del lote, la asociación, los dueños, las cuotas impagas con sus fechas y los demás intereses y costos reclamados, tras avisar al dueño por escrito por correo certificado con al menos 30 días (§35-20-12(c)–(d)). La asociación hace valer el gravamen con una demanda verificada, y el tribunal puede ordenar una venta tras publicar el aviso una vez por semana durante tres semanas seguidas (§35-20-12(e)–(f)).

Las reglas

  1. 1. Alcance (§35-20-3)

    Declaraciones inscritas desde 2016, o asociaciones anteriores que se acojan; no condominios.

  2. 2. Gravamen (§35-20-12(a))

    Sobre cada lote por cuotas impagas desde su vencimiento.

  3. 3. Prioridad (§35-20-12(b))

    Detrás de impuestos, contribuciones municipales, registros de accesorios e hipotecas.

  4. 4. Declaración de gravamen (§35-20-12(c)–(d))

    Inscrita dentro de 12 meses; antes, 30 días de aviso certificado.

  5. 5. Ejecución (§35-20-12(e)–(f))

    Acción judicial; venta tras tres semanas de aviso publicado.

Qué puede hacer el coordinador

  • Pedir pronto a la asociación por escrito el estado de las cuotas, según las reglas de registros del §35-20-13.
  • Preguntar a la compañía de títulos si hay inscrita una declaración de gravamen sobre el lote.
  • Asegurarse de que las cuotas impagas figuren en la liquidación para pagarlas en el cierre.

Preguntas sobre los gravámenes de HOA en Alabama

¿El gravamen de una HOA de Alabama tiene prioridad sobre la hipoteca?

No. Tiene prioridad sobre gravámenes posteriores salvo los impuestos estatales y del condado, las contribuciones municipales por mejoras, los registros de accesorios del UCC y las hipotecas y escrituras de fideicomiso que garantizan una deuda (Ala. Code §35-20-12(b)).

¿Cuánto tiempo tiene una HOA de Alabama para inscribir su gravamen?

Doce meses desde el vencimiento de la cuota, tras avisar al dueño por escrito por correo certificado con al menos 30 días (Ala. Code §35-20-12(c)–(d)).

Siga el estado de las cuotas de la HOA y cualquier gravamen inscrito como tareas de título en ClosingCode.

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Fuente: Código de Alabama §§35-20-3 y 35-20-12 (alison.legislature.state.al.us, revisado el 29 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.