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Alabama · Ala. Code §35-8A-316Gravámenes de condominio en Alabama: prioridad de seis meses y el estado en diez días hábiles

Una asociación de condominio de Alabama tiene un gravamen sobre la unidad por cuotas, cargos por servicios como agua o reparaciones y multas, desde que cada uno vence; los recargos, multas e intereses se cobran como cuotas salvo que la declaración diga otra cosa, y el gravamen puede ejecutarse como una hipoteca tras un aviso previo razonable al dueño y a los acreedores inscritos (Ala. Code §35-8A-316(a)). El gravamen tiene prioridad sobre otros salvo los inscritos antes de la declaración, una primera garantía inscrita antes de que la cuota quedara en mora y los impuestos y cargos públicos, pero además va por delante de esa primera hipoteca por las cuotas ordinarias del presupuesto que habrían vencido en los seis meses anteriores a que la asociación demande o a que se ejecute la hipoteca, sin incluir sus costos ni honorarios; en préstamos de Freddie Mac, Fannie Mae o Ginnie Mae, esa prioridad de seis meses no puede superar lo que permitan sus reglas (§35-8A-316(b)). La inscripción de la declaración perfecciona el gravamen, que se extingue si su ejecución no empieza dentro de los tres años siguientes al vencimiento de las cuotas (§35-8A-316(d)–(e)). El dueño, el acreedor hipotecario, quien tiene contrato para comprar la unidad o el prestamista que estudia un préstamo sobre ella puede pedir por escrito, entregado en el domicilio registrado de la asociación con una dirección de respuesta, un estado de las cuotas, si están vencidas y los recargos e intereses; si la asociación no lo entrega dentro de diez días hábiles desde su recepción, su gravamen queda liberado por el monto adeudado a esa fecha, aunque el dueño sigue debiendo; el estado obliga a la asociación y su cargo no puede superar $25 (§35-8A-316(h)).

Las reglas

  1. 1. Gravamen (§35-8A-316(a))

    Cuotas, cargos por servicios y multas desde su vencimiento; ejecutable como hipoteca.

  2. 2. Prioridad de seis meses (§35-8A-316(b))

    Por delante de la primera hipoteca por seis meses de cuotas ordinarias; no por costos.

  3. 3. Tres años (§35-8A-316(e))

    Se extingue si la ejecución no empieza en tres años.

  4. 4. Estado (§35-8A-316(h))

    Solicitud escrita al domicilio registrado; diez días hábiles o el gravamen se libera por ese monto; tope de $25.

Qué puede hacer el coordinador

  • Enviar la solicitud escrita del estado al domicilio registrado de la asociación, con dirección de respuesta, en cuanto se firme el contrato.
  • Anotar diez días hábiles desde la recepción y guardar la prueba de entrega.
  • Enviar el estado al agente de cierre para que lo vencido se pague en el cierre.

Preguntas sobre los gravámenes de condominio en Alabama

¿El gravamen de un condominio de Alabama va antes que la hipoteca?

Por seis meses de cuotas ordinarias del presupuesto, sí: en esa medida tiene prioridad sobre una primera hipoteca, sin incluir los costos ni honorarios de la asociación (Ala. Code §35-8A-316(b)).

¿Qué pasa si la asociación de condominio de Alabama no envía el estado?

Si no entrega el estado pedido dentro de diez días hábiles desde que recibe la solicitud escrita en su domicilio registrado, su gravamen queda liberado por el monto adeudado a esa fecha, aunque la deuda del dueño no se extingue (Ala. Code §35-8A-316(h)).

Agregue la solicitud del estado del condominio y su plazo de diez días hábiles como tareas con fecha en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: Código de Alabama §35-8A-316 (alison.legislature.state.al.us, revisado el 29 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.