Virginia · Código de Va. §§64.2-1603–1618Poder notarial en un cierre en Virginia: firma, registro y aceptación
Según la Ley Uniforme de Poderes de Virginia, el poder lo firma el mandante, o en su presencia consciente otra persona por su indicación; una firma reconocida ante notario se presume auténtica, y para ser registrable el poder debe cumplir los requisitos de registro del §55.1-600: firma original y reconocida o probada (Código de Va. §§64.2-1603, 55.1-600). Una fotocopia o copia transmitida electrónicamente tiene el mismo efecto que el original salvo que otra ley disponga otra cosa (§64.2-1604(D)). Quien acepta de buena fe un poder reconocido y debidamente firmado sin conocimiento real de un problema puede confiar en él, salvo que la firma del mandante sea falsificada (§64.2-1617(B)). Puede pedir una certificación jurada del apoderado, una traducción al inglés o una opinión legal con un motivo por escrito, y cuando la operación requiere registrar un instrumento, esos documentos deben ser registrables (§64.2-1617(C)–(E)). Debe aceptar el poder, o hacer uno de esos pedidos, dentro de siete días hábiles tras su presentación, y aceptarlo dentro de cinco días hábiles tras recibir lo pedido; no puede exigir otro formulario (§64.2-1618(A)). No está obligado a aceptarlo en los casos enumerados, entre ellos la creencia de buena fe de que el poder no es válido o el apoderado no tiene autoridad, o un aviso de posible abuso a los servicios de protección de adultos (§64.2-1618(B)). Un rechazo indebido puede acarrear una orden judicial de aceptación y la obligación de pagar honorarios y costas razonables (§64.2-1618(C)).
Las reglas
1. Firma (§64.2-1603)
Del mandante; firma ante notario presumida auténtica; registrable según el §55.1-600.
2. Forma registrable (§64.2-1617(E))
También certificaciones y opiniones, cuando se exige registro.
3. Aceptación (§64.2-1618(A))
Aceptar o pedir dentro de 7 días hábiles; luego 5 días hábiles.
4. Rechazo indebido (§64.2-1618(C))
Orden judicial y honorarios.
Qué puede hacer el coordinador
- Enviar el poder al agente de liquidación en cuanto sepa que una parte firmará mediante apoderado.
- Comprobar que la firma del mandante se reconoció ante notario: el poder debe ser registrable.
- Anotar en el calendario el plazo de 7 días hábiles desde su presentación.
Preguntas sobre poderes en Virginia
¿Necesita notario un poder de Virginia para vender una casa?
Para ser registrable debe cumplir el §55.1-600 (reconocido o probado), y una firma reconocida se presume auténtica (Código de Va. §64.2-1603).
¿Cuánto tiempo tiene el agente de liquidación de Virginia para aceptar un poder?
Siete días hábiles tras la presentación para aceptarlo o pedir certificación, traducción u opinión, y luego cinco días hábiles tras recibirla (§64.2-1618(A)).
¿Puede el agente de cierre de Virginia exigir su propio formulario de poder?
No: no puede exigir otro formulario para la autoridad otorgada en el poder presentado (§64.2-1618(A)(3)).
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Prueba gratisFuente: Código de Virginia §§64.2-1603, 64.2-1604, 64.2-1617, 64.2-1618 y 55.1-600 (law.lis.virginia.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. El agente de liquidación decide si el poder es aceptable. ClosingCode es software; no es un bufete. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.