Oklahoma · 12 O.S. §686; 46 O.S. §43Saldo tras la ejecución en Oklahoma: la solicitud de 90 días y el valor de mercado
En Oklahoma, un inmueble dado en garantía solo puede venderse en virtud de una sentencia judicial que ordene la venta, salvo las reglas del poder de venta (12 O.S. §686). Tras una venta por ejecución judicial, no puede ejecutarse ninguna sentencia por el saldo impago salvo que el acreedor pida autorización para dictar una orden por el saldo junto con la solicitud de confirmación de la venta o, en todo caso, dentro de los 90 días siguientes a la venta, con notificación al deudor o a su abogado (§686). El tribunal, comparezca o no el deudor, determina el valor de mercado justo y razonable del inmueble a la fecha de la venta, y la orden por el saldo es lo adeudado con intereses, costas y gravámenes anteriores, menos el mayor entre ese valor de mercado y el precio de venta; si no se pide a tiempo, lo obtenido en la venta, sea cual sea el monto, extingue totalmente la deuda hipotecaria (§686). Cuando la hipoteca tiene poder de venta, el dueño de la vivienda familiar que envía al prestamista por correo certificado, al menos diez días antes de la venta, un aviso eligiendo que no haya sentencia por el saldo, y acredita la vivienda familiar si se impugna, no puede ser demandado personalmente por el saldo por el prestamista que vende; en un inmueble que no es vivienda familiar, la acción por el saldo debe iniciarse dentro de los 90 días siguientes a la venta y se reduce si el valor de mercado superó el precio de venta (46 O.S. §43(A)(2)(c)–(d)).
Las reglas
1. Venta judicial (§686)
El inmueble en garantía solo se vende por sentencia, salvo el poder de venta.
2. Solicitud de 90 días (§686)
Con la solicitud de confirmación o dentro de 90 días de la venta, con notificación.
3. Crédito (§686)
Deuda, intereses, costas y gravámenes anteriores menos el mayor entre el valor de mercado y el precio de venta.
4. Sin solicitud (§686)
Lo obtenido en la venta extingue totalmente la deuda.
5. Poder de venta (46 O.S. §43)
Elección de la vivienda familiar contra el saldo 10 días antes de la venta; si no, acción en 90 días.
Qué puede hacer el coordinador
- Cuando un comprador adquiera en una venta por ejecución o después de ella, preguntar a la compañía de títulos si la venta está confirmada.
- En una venta corta, leer la carta de aprobación del prestamista por cualquier término sobre el saldo y enviarla al abogado del vendedor.
- Remitir al vendedor que enfrenta una ejecución a un abogado sobre las reglas del saldo; no asesorar sobre ellas.
Preguntas sobre la sentencia por saldo en Oklahoma
¿Cuánto tiempo tiene un prestamista de Oklahoma para pedir el saldo tras una ejecución judicial?
Debe pedir la orden por el saldo junto con la solicitud de confirmación de la venta o dentro de los 90 días siguientes a la venta; si no, lo obtenido en la venta extingue totalmente la deuda (12 O.S. §686).
¿Cómo se calcula el saldo en Oklahoma?
El tribunal fija el valor de mercado justo y razonable a la fecha de la venta; el saldo es lo adeudado con intereses, costas y gravámenes anteriores, menos el mayor entre ese valor y el precio de venta (12 O.S. §686).
Guías relacionadas
Guarde la carta de aprobación de la venta corta y sus plazos con la operación en ClosingCode.
Prueba gratisFuente: 12 O.S. §686 y 46 O.S. §43 (títulos 12 y 46 en oklegislature.gov, revisado el 29 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.