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Montana · MCA 72-6-401–72-6-418Escrituras de transferencia por fallecimiento en Montana: reglas y qué significan para una venta

Montana adoptó la Ley Uniforme de Transferencia de Inmuebles por Fallecimiento, así que una persona puede transmitir un inmueble a uno o más beneficiarios con efecto a su muerte mediante una escritura de transferencia por fallecimiento (MCA 72-6-404). La escritura debe tener las formalidades de una escritura registrable, indicar que la transmisión ocurre a la muerte del dueño y registrarse antes de la muerte ante el secretario y registrador del condado donde está la propiedad (MCA 72-6-408); no requiere aviso, entrega, aceptación ni contraprestación (72-6-409). Es revocable aunque diga lo contrario, pero solo con un instrumento posterior registrado (una nueva escritura de este tipo, un instrumento de revocación o una escritura entre vivos que la revoque expresamente), reconocido después de la escritura y registrado antes de la muerte (72-6-405, 72-6-410). En vida del dueño no afecta su derecho a transmitir o gravar la propiedad ni da interés al beneficiario (72-6-411), así que puede vender con normalidad. A la muerte, la propiedad pasa a los beneficiarios que sobreviven, con todas las transmisiones, cargas, contratos, hipotecas y gravámenes, sin garantía de título, y el seguro del dueño se extiende al beneficiario hasta 45 días (72-6-412). Los beneficiarios responden de los reclamos admitidos contra la herencia y de las asignaciones legales según 72-6-112 (72-6-414). Las escrituras de beneficiario registradas antes del 1 de octubre de 2019 con la ley anterior se tratan como escrituras de transferencia por fallecimiento (72-6-417).

Las reglas

  1. 1. Registrar antes de la muerte (72-6-408)

    Ante el secretario y registrador del condado.

  2. 2. Revocar con instrumento registrado (72-6-410)

    Nueva escritura TOD, revocación o escritura que la revoque expresamente.

  3. 3. Dueño en vida (72-6-411)

    Puede vender o hipotecar.

  4. 4. Tras la muerte (72-6-412)

    Pasa con gravámenes y sin garantía; seguro extendido 45 días.

Qué puede hacer el coordinador

  • Si el título muestra una escritura TOD de un dueño fallecido, preguntar a quien lleva el cierre qué deben registrar los beneficiarios.
  • Recordar que la escritura no da garantía de título: el seguro de título del comprador importa.
  • Revisar si interviene una escritura de beneficiario antigua, registrada antes del 1 de octubre de 2019.

Preguntas sobre escrituras TOD en Montana

¿Puede vender un dueño de Montana una casa con escritura TOD?

Sí. En vida, la escritura no afecta el derecho a transmitir o gravar la propiedad (MCA 72-6-411).

¿Cuándo debe registrarse una escritura TOD en Montana?

Antes de la muerte del dueño, ante el secretario y registrador del condado donde está la propiedad (MCA 72-6-408).

¿Recibe el beneficiario de Montana la casa libre de hipoteca?

No: con todas las hipotecas, gravámenes y demás derechos existentes a la muerte, sin garantía de título (MCA 72-6-412).

Agregue en ClosingCode una tarea para obtener los requisitos del agente de cierre para los beneficiarios, con responsable y fecha.

Prueba gratis

Fuente: Código Anotado de Montana 72-6-401 a 72-6-418 (leg.mt.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. Pida a quien lleva el cierre que confirme qué deben registrar los beneficiarios. ClosingCode es software; no es un bufete. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.