Connecticut · §20-327bInforme de condición residencial en Connecticut y el crédito de $500
En Connecticut, el vendedor de una vivienda de una a cuatro unidades, condominio o cooperativa entrega al comprador el informe escrito de condición residencial (prescrito por el Comisionado de Protección al Consumidor) antes de que el comprador firme cualquier compromiso, contrato, opción o arrendamiento con opción de compra (§20-327b). Una copia con el recibo del comprador se adjunta a la oferta, y una copia firmada por ambos al contrato. Si el vendedor no lo entrega, el contrato debe darle al comprador un crédito de $500 al cierre, y aun así deben divulgarse los defectos graves conocidos (§20-327c).
Las reglas
Cuándo (§20-327b(a))
Antes de que el comprador firme cualquier compromiso, contrato de compra, opción o arrendamiento con opción de compra.
Adjuntos
Una copia con el recibo escrito del comprador se adjunta a cualquier oferta, compromiso o contrato; una copia firmada por vendedor y comprador se adjunta al contrato de compra.
Crédito de $500 (§20-327c)
Todo contrato de compra debe exigir que el vendedor acredite $500 al comprador al cierre si no entrega el informe. El crédito no excusa divulgar defectos conocidos que afecten mucho el valor, la salud o seguridad o la vida útil; el comprador puede demandar por daños reales.
Quién lo llena
El vendedor. Las instrucciones legales dicen que el licenciatario no puede completarlo por el vendedor; “UNK” significa desconocido y “N/A” no aplica.
Conviene saber
- Aplica a una a cuatro viviendas, incluidos condominios y cooperativas, con o sin corredor (§20-327b(c)).
- Exentas: transferencias entre copropietarios, regalos a familia cercana sin contraprestación, construcción nueva con la garantía implícita legal, albaceas, administradores, fiduciarios y curadores, transferencias del gobierno y la mayoría de las adquisiciones por ejecución (§20-327b(b)).
- Un aviso escrito de que están disponibles las listas de instalaciones de residuos peligrosos y la información ambiental cumple el deber de divulgarlas (§20-327f).
Qué controla el TC
- El informe con el recibo del comprador adjunto a la oferta.
- La copia firmada por ambos adjunta al contrato de compra.
- Si no hay informe: el crédito de $500 en la hoja de liquidación.
- El aviso de residuos peligrosos e información ambiental.
Preguntas sobre el informe de condición en Connecticut
¿Cuándo debe entregar el informe el vendedor en Connecticut?
Antes de que el comprador firme cualquier compromiso, contrato, opción o arrendamiento con opción de compra (§20-327b(a)).
¿Qué pasa si el vendedor no entrega la divulgación?
El contrato debe exigir que el vendedor acredite $500 al comprador al cierre (§20-327c(a)); aun así deben divulgarse los defectos graves conocidos.
¿Puede el agente llenar el informe?
No. Las instrucciones legales dicen que el licenciatario no puede completarlo por el vendedor.
¿Aplica a condominios?
Sí. Cubre de una a cuatro viviendas, incluidas cooperativas y condominios (§20-327b(c)).
¿Están exentas las ventas de herencias?
Sí, las transferencias de albaceas, administradores, fiduciarios o curadores están exentas (§20-327b(b)(4)).
Guías relacionadas
Guarde el informe con el recibo del comprador y la copia firmada con los documentos de la transacción en ClosingCode, y agregue una revisión del crédito de $500 en la hoja de cierre si no se entregó.
Prueba gratisFuente: Estatutos Generales de Connecticut §§20-327b, 20-327c, 20-327f (cga.ct.gov, consultado el 24 de octubre de 2026).
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