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Arizona · A.R.S. §§33-1901, 33-1902, 33-1904Registro de inmuebles en alquiler en Arizona: qué presenta ante el tasador del condado quien compra un alquiler

El dueño de un inmueble residencial en alquiler en Arizona, es decir, un inmueble usado solo como vivienda arrendada, debe mantener ante el tasador del condado su nombre, dirección y teléfono; para una entidad o un fideicomiso, un directivo, socio general, miembro administrador o fiduciario; la dirección y el número de parcela, y el año de construcción del edificio, y debe actualizar la información dentro de diez días tras un cambio (A.R.S. §§33-1901(2), 33-1902(A)). El dueño que vive fuera de Arizona debe designar e inscribir ante el tasador un agente legal en Arizona que reciba notificaciones (§33-1902(B)). El inmueble en alquiler no puede ocuparse sin la información registrada; el inquilino puede enviar un aviso escrito de diez días y, si el dueño no cumple, terminar el contrato y recuperar la renta pagada por adelantado (§33-1902(C)). Para un alquiler adquirido después del aviso de valuación fiscal y hasta el siguiente, la ciudad o el pueblo impone una multa civil de $1,000 más $100 por cada mes hasta cumplir, que se desestima si el dueño cumple dentro de diez días tras recibir la denuncia (§33-1902(E)–(F)). El dueño que no cumple también queda sujeto a inspección hasta cumplir (§33-1904(A)(1)). El tasador puede cobrar hasta $10 por cada registro o cambio (§33-1902(I)).

Las reglas

  1. 1. Qué presentar (§33-1902(A))

    Contacto del dueño, directivo o fiduciario, dirección y parcela, año de construcción; cambios en diez días.

  2. 2. Dueño de fuera (§33-1902(B))

    Un agente legal en Arizona, inscrito ante el tasador.

  3. 3. Ocupación (§33-1902(C))

    Sin registro no hay ocupación; el inquilino puede terminar tras un aviso de diez días.

  4. 4. Multa al nuevo dueño (§33-1902(E))

    $1,000 más $100 al mes; se desestima si cumple en diez días tras la denuncia.

  5. 5. Tarifa (§33-1902(I))

    Hasta $10 por registro o cambio.

Qué puede hacer el coordinador

  • Si el comprador adquiere un alquiler, añadir el registro ante el tasador del condado como tarea posterior al cierre.
  • Si el comprador vive fuera de Arizona, añadir a la misma tarea la designación del agente legal.
  • Anotar el plazo de diez días para actualizar los datos del comprador.

Preguntas sobre el registro de alquileres en Arizona

¿Debe registrar su casa el comprador de un alquiler en Arizona?

Sí. El dueño de un inmueble residencial en alquiler debe mantener la información exigida ante el tasador del condado y actualizarla dentro de diez días tras un cambio (A.R.S. §33-1902(A)).

¿Cuál es la multa por no registrar un alquiler recién comprado en Arizona?

La ciudad o el pueblo impone $1,000 más $100 por cada mes hasta cumplir, pero la denuncia se desestima si el dueño cumple dentro de diez días tras recibirla (A.R.S. §33-1902(E)–(F)).

Añada el registro de alquiler ante el tasador a las tareas del comprador posteriores al cierre en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: A.R.S. §§33-1901, 33-1902 y 33-1904 (azleg.gov, revisado el 29 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.