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Arizona · A.R.S. §§44-1763, 44-1764Paneles solares en una casa en venta en Arizona: restricciones de transferencia y quién las aprueba

Arizona regula los contratos de venta o arrendamiento de sistemas de generación distribuida: sistemas de más de un kilovatio, como paneles solares o baterías, usados principalmente en el lugar (A.R.S. §44-1761(2)). El contrato debe indicar si las garantías u obligaciones de mantenimiento pueden venderse o transferirse a un tercero; debe incluir una divulgación, con acuse de recibo por separado, de cualquier restricción a la facultad del dueño o arrendatario de modificar o transferir el sistema, incluido si la transferencia requiere revisión o aprobación de un tercero; y debe incluir otra divulgación, también con acuse aparte, de cualquier restricción que el contrato imponga a la transferencia de la propia casa, indicando igualmente si se requiere aprobación (§44-1763(A)(8)–(10)). Cuando se requiere aprobación, el contrato debe dar el nombre, la dirección y el teléfono de la entidad que la otorga, y prever su actualización (§44-1763(A)(9)–(10)). La compañía eléctrica dueña de la red a la que está conectado el sistema debe recibir aviso de cualquier cambio de dueño del sistema (§44-1764).

Las reglas

  1. 1. Sistemas incluidos (§44-1761(2))

    Más de un kilovatio, para uso principal en el lugar: paneles solares o baterías.

  2. 2. Transferencia del sistema (§44-1763(A)(9))

    El contrato divulga las restricciones y quién aprueba, con datos de contacto.

  3. 3. Transferencia de la casa (§44-1763(A)(10))

    El contrato divulga cualquier restricción para vender la casa y quién aprueba.

  4. 4. Garantía (§44-1763(A)(8))

    Si las garantías y el mantenimiento pueden transferirse.

  5. 5. Aviso a la eléctrica (§44-1764)

    Hay que avisar a la compañía eléctrica del cambio de dueño del sistema.

Qué puede hacer el coordinador

  • Preguntar pronto al vendedor si el sistema solar es propio, financiado o en leasing, y pedir el contrato.
  • Ubicar la entidad que aprueba según el contrato e iniciar de inmediato la solicitud de transferencia o de liquidación.
  • Informar al prestamista del comprador sobre un leasing o una inscripción de financiamiento del sistema, y preguntar a la compañía de títulos cómo aparece en el título.
  • Después del cierre, confirmar que se avisó a la compañía eléctrica del nuevo dueño.

Preguntas sobre paneles solares al vender en Arizona

¿Un leasing solar en Arizona debe decir cómo se transfiere al vender la casa?

Sí. El contrato debe incluir una divulgación con acuse aparte de cualquier restricción para transferir el sistema o la casa y, si un tercero debe aprobar, el nombre, la dirección y el teléfono de esa entidad (A.R.S. §44-1763(A)(9)–(10)).

¿A quién hay que avisar cuando cambia el dueño de los paneles en Arizona?

La compañía eléctrica dueña u operadora de la red a la que está conectado el sistema debe recibir aviso de cualquier cambio de dueño del sistema (A.R.S. §44-1764).

Siga la aprobación de la transferencia solar y el aviso a la eléctrica como tareas de la operación en ClosingCode.

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Fuente: A.R.S. §§44-1761, 44-1763 y 44-1764 (azleg.gov, revisado el 29 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.