Virginia · Código de Va. §54.1-2108.2Depósito de garantía en Virginia: el depósito en cinco días bancarios y cómo lo libera el corredor si la operación fracasa
Al ratificarse un contrato de compra en Virginia, el depósito de garantía que guardará la firma entra en su cuenta de escrow a más tardar al final del quinto día hábil bancario tras la ratificación, salvo acuerdo escrito distinto de las partes, y permanece allí hasta que la operación se cierre o termine; el depósito que guardará un agente de escrow externo nombrado en el contrato se le entrega a más tardar al final del quinto día hábil bancario tras recibirlo (Código de Va. §54.1-2108.2(1)–(2)). Si la operación no se cierra, el corredor retiene los fondos hasta que todas las partes acuerden por escrito, un tribunal ordene el desembolso, los fondos se consignen judicialmente, o el corredor los entregue a la parte con derecho según los términos claros y explícitos del contrato, opcionalmente tras un aviso escrito de que los liberará salvo que la otra parte proteste por escrito dentro de 15 días naturales (§54.1-2108.2(3)). El aviso se envía según el contrato o en mano, por correo con prueba, por medios electrónicos con prueba o por mensajería urgente; el corredor no tiene que decidir quién tiene derecho más allá de los términos claros del contrato, y el corredor que cumple queda exento de responsabilidad frente a las partes (§54.1-2108.2(3)). El corredor también puede consignar fondos en disputa o no reclamados según el §16.1-77 (§54.1-2108.2(4)).
Las reglas
1. Escrow de la firma (§54.1-2108.2(1))
A más tardar al final del 5.º día hábil bancario tras la ratificación, salvo acuerdo escrito distinto.
2. Agente de escrow externo (§54.1-2108.2(2))
Entregado a más tardar al final del 5.º día hábil bancario tras recibirlo.
3. Liberación (§54.1-2108.2(3))
Acuerdo escrito, orden judicial, consignación o términos claros del contrato.
4. Aviso de 15 días
Aviso opcional de que se liberarán los fondos salvo protesta escrita de la otra parte.
Qué puede hacer el coordinador
- Contar cinco días hábiles bancarios desde la ratificación y obtener el recibo del escrow.
- Si la operación fracasa, reunir una liberación escrita firmada por todas las partes.
- Si el corredor envía un aviso de 15 días, anotar el plazo de protesta y guardar la prueba de entrega.
Preguntas sobre el depósito de garantía en Virginia
¿Cuándo debe depositarse el depósito de garantía en Virginia?
A más tardar al final del quinto día hábil bancario tras la ratificación si lo guarda la firma, o tras recibirlo si va a un agente de escrow externo nombrado en el contrato (Código de Va. §54.1-2108.2(1)–(2)).
¿Puede el corredor de Virginia liberar el depósito sin la firma de ambas partes?
Sí, según los términos claros y explícitos del contrato, opcionalmente tras un aviso que da a la otra parte 15 días naturales para protestar por escrito, o por orden judicial o consignación (§54.1-2108.2(3)–(4)).
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Prueba gratisFuente: Código de Virginia §54.1-2108.2 (law.lis.virginia.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
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