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Utah · Código de Utah §§75-6-401–417Escrituras de transferencia por fallecimiento en Utah: reglas y qué registra el beneficiario antes de vender

La Ley Uniforme de Transferencia de Inmuebles por Fallecimiento de Utah se aplica a otorgantes fallecidos a partir del 8 de mayo de 2018 (Código de Utah §75-6-403). Una persona puede transmitir una propiedad a uno o más beneficiarios nombrados con efecto a su muerte, pero una escritura TOD no puede hacer una donación a un grupo (por ejemplo, «mis hijos» sin nombres) (§75-6-405). La escritura debe tener los elementos de una escritura registrable, indicar que la transmisión ocurre a la muerte y registrarse antes de la muerte ante el registrador del condado donde está la propiedad (§75-6-409); no requiere aviso, entrega, aceptación ni contraprestación (§75-6-410). Solo se revoca con una escritura TOD posterior, un instrumento de revocación o una escritura entre vivos que la revoque expresamente o por incompatibilidad, reconocidos después de la escritura y registrados antes de la muerte; no con un acto de revocación sobre la escritura registrada (§75-6-411). En vida no afecta el derecho del dueño a transmitir o gravar la propiedad (§75-6-412). A la muerte, los beneficiarios sobrevivientes la reciben con todas las hipotecas, gravámenes y otros derechos, un copropietario sobreviviente se queda con la propiedad y la escritura no da garantía de título; después se registra ante el registrador del condado una declaración jurada sustancialmente en la forma del §57-1-5.1, con la descripción legal, el número de entrada y el libro y la página de la escritura TOD, y copia del certificado de defunción (§75-6-413). Si la herencia no alcanza para los reclamos admitidos o las asignaciones legales, solo la herencia puede hacerlos valer contra la propiedad, en un procedimiento iniciado dentro de 12 meses tras la muerte (§75-6-415).

Las reglas

  1. 1. Beneficiarios nombrados (§75-6-405)

    Sin donaciones a grupos.

  2. 2. Registrar antes de la muerte (§75-6-409)

    Ante el registrador del condado.

  3. 3. Tras la muerte (§75-6-413(5))

    Declaración jurada registrada con la descripción legal, los datos de registro de la escritura y el certificado de defunción.

  4. 4. Reclamos de acreedores (§75-6-415)

    Solo la herencia, dentro de 12 meses tras la muerte.

Qué puede hacer el coordinador

  • Si vende un beneficiario, preguntar si ya se registró la declaración jurada con el certificado de defunción.
  • Confirmar que la escritura TOD se registró antes de la muerte del dueño y no se revocó.
  • Anotar el plazo de 12 meses para reclamos de la herencia y preguntar a la compañía de títulos cómo lo trata.

Preguntas sobre escrituras TOD en Utah

¿Qué registra el beneficiario en Utah tras la muerte del dueño?

Una declaración jurada sustancialmente en la forma del §57-1-5.1 del Código de Utah, con la descripción legal, los datos de registro de la escritura TOD y copia del certificado de defunción (§75-6-413(5)).

¿Puede una escritura TOD de Utah nombrar a «mis hijos»?

No: los beneficiarios deben estar nombrados; una escritura TOD no puede hacer una donación a un grupo (§75-6-405).

¿Puede vender un dueño de Utah una casa con escritura TOD?

Sí: en vida, la escritura no afecta el derecho a transmitir o gravar la propiedad (§75-6-412).

Agregue en ClosingCode una tarea para la declaración jurada registrada del beneficiario, con responsable y fecha.

Prueba gratis

Fuente: Código de Utah §§75-6-403, 75-6-405, 75-6-409 a 75-6-413 y 75-6-415 (le.utah.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. Pida a quien lleva el cierre que confirme qué deben registrar los beneficiarios. ClosingCode es software; no es un bufete. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.