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Utah · GravámenesGravámenes judiciales en Utah: inscripción en el condado, ocho años y la liberación inscrita

En Utah una sentencia dura ocho años desde la fecha en que el tribunal la dicta, salvo que se pague, se renueve o se suspenda; la orden que la renueva mantiene la fecha y la prioridad de la sentencia original y reinicia el plazo para accionar sobre ella. Desde el 1 de julio de 2002, la sentencia de un tribunal de distrito, un juzgado de paz, el Tribunal de Negocios y Equidad o el Tribunal Constitucional solo se convierte en gravamen sobre inmuebles cuando la sentencia, o un extracto, se inscribe ante el registrador del condado junto con los datos que identifican al deudor o con la declaración informativa separada del acreedor. El gravamen corre desde la fecha en que el tribunal dictó la sentencia y cubre todos los inmuebles del deudor en el condado donde se inscribe, que tenga o adquiera en cualquier momento mientras la sentencia esté vigente; una sentencia a favor de una agencia estatal alcanza los inmuebles del deudor en todo el estado. Para liberar, ceder, renovar o prorrogar el gravamen, debe inscribirse un documento ante el registrador de cada condado donde se inscribió, con la fecha, los nombres del acreedor, el deudor, el cedente o el cesionario, y la fecha de inscripción, el número de entrada y el libro y la página del documento que creó el gravamen en ese condado (Utah Code §78B-5-202).

Lo que fija la ley

  1. Duración (§78B-5-202(1))

    Ocho años desde que se dicta salvo pago, renovación o suspensión; la renovación mantiene fecha y prioridad.

  2. Cuándo es gravamen (§78B-5-202(7)(a))

    Sentencia o extracto inscrito ante el registrador del condado con los datos del deudor o la declaración del acreedor.

  3. Qué alcanza (§78B-5-202(7)(c))

    Todos los inmuebles del deudor en ese condado, que tenga o adquiera mientras la sentencia esté vigente.

  4. Liberación (§78B-5-202(9))

    Un documento inscrito en cada condado con las partes y la fecha de inscripción, el número de entrada y el libro y la página del gravamen.

Qué hace el coordinador cuando un vendedor de Utah tiene una sentencia

  • Preguntar a la compañía de títulos qué sentencias inscritas figuran contra el vendedor en el condado.
  • Pedir el monto de pago al acreedor y preparar la liberación inscrita con el número de entrada y el libro y la página del gravamen.
  • Revisar la fecha de la sentencia: una sentencia de más de ocho años que no se renovó ha vencido.

Preguntas sobre gravámenes judiciales en Utah

¿Es una sentencia de Utah automáticamente un gravamen sobre la casa del deudor?

No. Desde el 1 de julio de 2002, solo lo es cuando la sentencia o un extracto con los datos que identifican al deudor, o con la declaración informativa del acreedor, se inscribe ante el registrador del condado (Utah Code §78B-5-202(7)(a)).

¿Cuánto dura un gravamen judicial en Utah?

Lo que dure la sentencia: ocho años desde que se dicta salvo que se pague, se renueve o se suspenda; la renovación mantiene la fecha y la prioridad originales (Utah Code §78B-5-202(1)).

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Fuente: Utah Code §78B-5-202 (le.utah.gov), revisada el 30 de octubre de 2026.

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.