Texas · Código Tributario §33.06Aplazamiento de impuestos para mayores de 65 en Texas: qué pasa con los impuestos aplazados al vender
Según el §33.06 del Código Tributario de Texas, un propietario de 65 años o más, con discapacidad o con derecho a la exención de veterano discapacitado puede aplazar el cobro del impuesto predial de la vivienda que posee y ocupa como homestead, presentando una declaración jurada ante el tasador principal. Mientras dura el aplazamiento, ninguna entidad tributaria puede demandar el cobro ni ejecutar el gravamen fiscal, pero los impuestos no se perdonan. El gravamen se mantiene sobre la propiedad y los intereses siguen corriendo al 5 % anual en lugar de la tasa habitual de mora; los intereses y recargos acumulados antes de la declaración se conservan. El aplazamiento termina cuando el propietario deja de poseer y ocupar la vivienda como homestead (por ejemplo, al venderla): el cobro puede reanudarse a partir del día 181 después de que el recaudador entregue un aviso de mora. Si el propietario muere, el aplazamiento continúa para el cónyuge sobreviviente que tenía 55 años o más al morir aquel y también vivía allí. Para una venta, esto significa que años de impuestos aplazados más intereses pueden pesar como gravamen sobre la vivienda del vendedor, así que conviene pedir pronto a la compañía de títulos un certificado fiscal que los muestre.
Quién puede aplazar (§33.06(a))
Edad o discapacidad
65 años o más, con discapacidad, o con derecho a la exención de veterano discapacitado.
Homestead
El impuesto recae sobre la vivienda que la persona posee y ocupa como homestead.
Cómo
Una declaración jurada ante el tasador principal.
Lo que se acumula
- El gravamen fiscal se mantiene durante el aplazamiento.
- Corre un interés del 5 % anual; los recargos anteriores a la declaración se conservan.
- El aplazamiento termina cuando el dueño deja de poseer y ocupar la vivienda: el cobro puede reanudarse 181 días después de un aviso de mora.
- Un cónyuge sobreviviente de 55+ que vivía allí puede mantener el aplazamiento.
Qué puede hacer el coordinador
- En el listado de un vendedor mayor, preguntar si aplazó impuestos y pedir pronto el certificado fiscal.
- Incluir los impuestos aplazados y los intereses en la hoja neta del vendedor antes de fijar el precio.
- Asegurarse de que el estado de pago de la compañía de títulos incluya cada entidad tributaria con aplazamiento.
Preguntas de vendedores
¿Qué pasa con los impuestos prediales aplazados cuando vendo mi casa en Texas?
El aplazamiento termina cuando deja de poseer y ocupar la vivienda como homestead, y los impuestos aplazados, que siguen siendo un gravamen con 5 % de interés anual, se vuelven cobrables; pregunte a la compañía de títulos cómo se manejarán al cierre (Código Tributario de Texas §33.06).
¿El aplazamiento para mayores de 65 perdona mis impuestos?
No. Pospone el cobro; el gravamen se mantiene y corre un interés del 5 % anual.
¿Mi cónyuge puede mantener el aplazamiento si yo muero?
Sí, si la vivienda era su homestead, su cónyuge tenía 55 años o más al morir usted y también era su homestead.
Guías y herramientas relacionadas
La calculadora gratuita de neto del vendedor de ClosingCode permite sumar los impuestos aplazados como costo y ver el neto estimado del vendedor, sin registrarse.
Prueba gratisFuente: Código Tributario de Texas §33.06 (modificado con vigencia desde el 1 de enero de 2026; statutes.capitol.texas.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal ni fiscal. El monto lo fija el estado de cuenta de la oficina de impuestos. ClosingCode es software; no es una compañía de títulos ni asesor fiscal. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.