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Carolina del Sur · Código §§40-57-350, 40-57-370Relaciones de corretaje en Carolina del Sur: el formulario, los contratos de agencia y la agencia dual

Carolina del Sur admite cinco relaciones de corretaje (agencia del vendedor, agencia del comprador, agencia dual divulgada, agencia designada y corretaje de transacción) y la firma que presta servicios bajo un contrato de agencia debe a su cliente lealtad, obediencia, divulgación, confidencialidad, cuidado razonable, diligencia y rendición de cuentas; ni ella ni sus subagentes pueden practicar ni ayudar al wholesaling, definido como ofrecer una vivienda a otro comprador teniendo solo un derecho contractual a comprarla, antes de ser su dueño (Código de C.S. §§40-57-350(A), 40-57-30(44)). En la primera oportunidad práctica, el agente da a todo posible comprador y vendedor con quien tenga contacto sustancial una explicación clara de las relaciones de corretaje de la firma y el formulario de Divulgación de Relaciones de Corretaje de la Comisión; el acuse de recibo de ese formulario debe incluirse en el contrato de agencia y en el contrato de compraventa, y cada contrato de compraventa debe recoger si el comprador y el vendedor recibieron servicio de cliente o de «customer» (§40-57-370(A), (B)). Hasta que una parte firma un contrato de agencia, se presume que es «customer» y que la firma actúa como corredor de transacción (§40-57-370(C)). No existe relación de agencia salvo acuerdo escrito (no puede crearse de palabra ni por implicación) y quién paga a la firma no decide si la hay (§40-57-370(E), (F)). La agencia dual divulgada exige el consentimiento previo, informado y escrito de todas las partes en el acuerdo de agencia dual de la Comisión, firmado por el comprador antes de redactar la oferta y por el vendedor antes de firmar el contrato (§40-57-350(I)). Las reglas de divulgación no se aplican a alquileres ni a la captación de clientes (§40-57-370(G)).

Las reglas

  1. 1. Formulario (§40-57-370(A))

    En la primera oportunidad práctica, con una explicación de las relaciones de la firma.

  2. 2. Acuse (§40-57-370(B))

    En el contrato de agencia y en el de compraventa; se indica el tipo de servicio recibido.

  3. 3. Solo agencia escrita (§40-57-370(E))

    Sin agencia verbal ni implícita; el pago no la crea.

  4. 4. Agencia dual (§40-57-350(I))

    Formulario de la Comisión; el comprador firma antes de la oferta y el vendedor antes del contrato.

Qué puede hacer el coordinador

  • Comprobar que el expediente tenga el acuse firmado de cada parte con la que trabajó la firma.
  • Confirmar que el contrato de compraventa recoja si cada parte recibió servicio de cliente o de «customer».
  • En una operación interna, asegurarse de que el acuerdo de agencia dual se firmó antes de la oferta y del contrato.

Preguntas sobre relaciones de corretaje en Carolina del Sur

¿Cuándo debe dar un agente de Carolina del Sur la divulgación de relaciones de corretaje?

En la primera oportunidad práctica a todo posible comprador y vendedor con quien tenga contacto sustancial (Código de C.S. §40-57-370(A)).

¿Puede ser verbal una agencia del comprador en Carolina del Sur?

No. No existe relación de agencia salvo acuerdo escrito (§40-57-370(E)).

¿Pueden las corredurías de Carolina del Sur hacer wholesaling?

No. La firma que presta servicios bajo un contrato de agencia y sus subagentes no pueden practicar, representar a otros ni ayudar al wholesaling (§40-57-350(A)).

Agregue el acuse firmado como documento de la transacción en ClosingCode, para que el expediente lo muestre para cada parte.

Prueba gratis

Fuente: Código de Leyes de Carolina del Sur §§40-57-30, 40-57-350 y 40-57-370 (scstatehouse.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. Use los formularios vigentes de la Comisión de Bienes Raíces. ClosingCode es software; no es una correduría ni un bufete. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.