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Impuestos · Publicación 523 del IRSVender una vivienda antes de 2 años: la exclusión parcial y la suspensión militar

La exclusión por venta de vivienda normalmente exige ser dueño y vivir en ella 2 de los 5 años previos a la venta. La Publicación 523 del IRS (2025) da dos salidas para estancias más cortas. Exclusión parcial: si el motivo principal de la venta fue un cambio de lugar de trabajo, un problema de salud o un hecho imprevisible, puede excluir parte de la ganancia. Una mudanza por trabajo califica si usted (o su cónyuge, un copropietario u otra persona que vivía allí) tomó o fue trasladado a un empleo al menos 50 millas más lejos de la vivienda que el anterior, o empezó un empleo a al menos 50 millas sin lugar de trabajo previo. Una mudanza por salud califica si se mudó para obtener o dar diagnóstico o tratamiento, o cuidar a un familiar (padres, abuelos, hijos, nietos, hermanos, parientes políticos, tíos, sobrinos), o un médico recomendó cambiar de residencia. Los hechos imprevisibles incluyen que la vivienda se destruya, se expropie o se dañe en un desastre; y la muerte, el divorcio o la separación legal, el nacimiento de dos o más hijos de un mismo embarazo, pasar a cobrar subsidio de desempleo, o un cambio laboral que impida al hogar pagar sus gastos básicos, además de los hechos que el IRS designe en guías publicadas. Aun fuera de esos casos, los hechos pueden mostrar que la venta se debió al trabajo, la salud o un hecho imprevisible, por ejemplo si la situación surgió mientras vivía allí y vendió poco después. Militares y otros servicios: si usted o su cónyuge son miembros de los servicios uniformados o del Servicio Exterior, empleados de la comunidad de inteligencia, o empleados o voluntarios del Cuerpo de Paz en el extranjero, pueden suspender el período de prueba de 5 años mientras estén en servicio oficial prolongado calificado: destinados por más de 90 días o por tiempo indefinido, a al menos 50 millas de la vivienda o en alojamiento del gobierno. La suspensión puede durar hasta 10 años (15 en total con el período de 5 años), se aplica a una propiedad por vez, puede revocarse y se elige presentando la declaración del año de la venta.

Exclusión parcial: el motivo principal fue…

  1. Trabajo

    Un empleo nuevo al menos 50 millas más lejos de la vivienda que el anterior.

  2. Salud

    Tratamiento o cuidado para usted o un familiar, o la recomendación de un médico.

  3. Hecho imprevisible

    Desastre, expropiación, muerte, divorcio, partos múltiples, desempleo, no poder pagar gastos básicos.

  4. Otros hechos

    La situación surgió mientras vivía allí y vendió poco después.

Suspender la prueba de 5 años

  1. 1. Quién

    Servicios uniformados, Servicio Exterior, comunidad de inteligencia, Cuerpo de Paz en el extranjero: usted o su cónyuge.

  2. 2. Servicio calificado

    Más de 90 días o indefinido; a 50+ millas o en alojamiento del gobierno.

  3. 3. Cuánto

    Hasta 10 años; 15 en total con el período de 5 años.

  4. 4. Cómo

    Se elige en la declaración del año de la venta; una propiedad por vez.

Qué puede hacer el coordinador

  • Cuando un vendedor vende tras poco tiempo por trabajo, salud o un hecho familiar, sugerirle consultar a un profesional de impuestos antes del cierre.
  • Vendedores militares: mencionar la regla de suspensión, que puede conservar la exclusión tras años fuera.
  • Enviar la hoja de liquidación final después del cierre para sus registros fiscales.

Preguntas sobre vender antes de 2 años

¿Puedo excluir la ganancia si vendo antes de vivir 2 años en la vivienda?

Posiblemente una exclusión parcial, si el motivo principal fue una mudanza por trabajo de al menos 50 millas, una mudanza por salud o un hecho imprevisible (Publicación 523 del IRS).

¿Cómo funciona la exclusión militar por venta de vivienda?

Los militares, el personal del Servicio Exterior y de inteligencia y quienes trabajan en el Cuerpo de Paz en el extranjero, en servicio oficial prolongado calificado, pueden suspender la prueba de 5 años hasta 10 años, así que los años fuera no cuentan en su contra.

¿El divorcio califica para una exclusión parcial?

Sí. El divorcio o la separación legal es uno de los hechos imprevisibles enumerados.

ClosingCode guarda los documentos de cada transacción, incluida la hoja de liquidación final, en un solo lugar que puede exportar.

Prueba gratis

Fuente: Publicación 523 del IRS (2025), Selling Your Home: Partial Exclusion y suspensión del período de 5 años (irs.gov, descargada el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría fiscal. Un profesional de impuestos puede aplicar estas reglas a su venta. ClosingCode es software; no es un preparador de impuestos. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.