Saltar al contenido

Oregón · ORS 314.258Retención inmobiliaria en Oregón: el menor entre 4%, el neto u 8% de la ganancia

Cuando el vendedor es una persona que no reside en Oregón en la fecha de cierre, o una corporación C no domiciliada ni registrada en Oregón, el agente de escrow, o el abogado que tiene los fondos, debe retener el menor entre 4% del precio, el neto o 8% de la ganancia incluida en el ingreso de Oregón (ORS 314.258). Puede basarse en la declaración escrita del vendedor sobre la ganancia. No hay retención si el precio es de $100,000 o menos, si el vendedor asegura por escrito que aplica la exclusión del §121, o afirma que no es probable deber impuesto. En una venta de $500,000 con $100,000 de ganancia: $8,000.

Quién retiene, cuánto y un ejemplo

  1. Quién retiene

    El agente autorizado que presta servicios de cierre: el escrow o el abogado con los fondos (ORS 314.258(1), (2)).

  2. A quién afecta

    Personas no residentes en la fecha de cierre y corporaciones C no domiciliadas ni registradas en Oregón (314.258(1)(f)).

  3. Monto

    El menor entre 4% del precio, el neto u 8% de la ganancia de Oregón (314.258(2)).

  4. Ejemplo

    Venta de $500,000, ganancia de $100,000 → el menor entre $20,000 y $8,000 = $8,000.

  5. Riesgo del agente

    Si no retiene, puede pagar una multa del mayor entre $500 y 10% del monto debido (314.258(4)(c)).

No hay retención cuando

  • Precio de $100,000 o menos (314.258(3)(a)).
  • Ejecución, embargo, resolución de contrato o dación en pago sin dinero adicional.
  • El vendedor es representante personal, albacea, curador o síndico de quiebra.
  • Garantía escrita de que aplica la exclusión del §121, o afirmación escrita de que no es probable deber impuesto en Oregón.
  • El monto a retener sería menor de $100.

Qué revisa el TC antes del cierre

  • Residencia y tipo de entidad del vendedor, preguntados pronto y no en la mesa de cierre.
  • El certificado de exención o la declaración firmada, en el expediente antes de desembolsar.
  • La línea de retención en la hoja del vendedor, quién la remite y en qué plazo.

Preguntas sobre esta retención

¿Cuánto retiene Oregón en una venta?

El menor entre 4% del precio, el neto u 8% de la ganancia de Oregón; a menudo el 8% de la ganancia declarada.

¿Oregón retiene a residentes?

No. El ORS 314.258 abarca a personas no residentes en la fecha de cierre y a ciertas corporaciones C de fuera.

¿Puede evitarla un no residente que vende su antigua vivienda?

Sí, con una garantía escrita de que aplica la exclusión del §121.

Ponga la pregunta de residencia y el certificado de exención en la lista como tareas con responsable y fecha en ClosingCode, con los documentos en la operación.

Prueba gratis

Fuente: Estatutos Revisados de Oregón 314.258 (oregonlegislature.gov, consultado el 25 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal ni fiscal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría.