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Oklahoma · 60 O.S. §§175.6a, 175.7, 175.8Ventas de fideicomisos en Oklahoma: el fideicomiso como otorgante, el memorando y la protección del comprador

Cualquier derecho sobre un inmueble de Oklahoma puede adquirirse y tenerse a nombre de un fideicomiso privado expreso que sea una entidad legal, y toda transmisión de ese inmueble se hace a nombre del fideicomiso por su fiduciario o fiduciarios (60 O.S. §175.6a). Cuando el inmueble se adquiere o se transmite a nombre del fideicomiso, el fiduciario presenta ante el secretario del condado donde está el inmueble un memorando de fideicomiso con la fecha de creación y los nombres de los fiduciarios (§175.6a). Quienes firman transmisiones como fiduciarios del fideicomiso se presumen actuando en esa calidad y dentro de sus facultades en cualquier acción para anular la transmisión contra un comprador de buena fe a título oneroso (§175.6a). Quien adquiere bienes del fideicomiso a título oneroso y sin aviso de un incumplimiento, real o implícito según la ley de registro, y no participa a sabiendas en una operación ilícita, los tiene libres del fideicomiso y sin responsabilidad ante los beneficiarios (§175.7). El comprador que paga de buena fe a un fiduciario dinero que este puede recibir no responde por cómo lo aplica el fiduciario, y el título adquirido no es inválido por una mala aplicación (§175.8).

Las reglas

  1. 1. Título del fideicomiso (§175.6a)

    Un fideicomiso expreso puede ser titular; las transmisiones se hacen a su nombre por sus fiduciarios.

  2. 2. Memorando (§175.6a)

    Ante el secretario del condado: fecha de creación y nombres de los fiduciarios.

  3. 3. Facultades presumidas (§175.6a)

    Se presume que los fiduciarios firmantes actúan dentro de sus facultades frente al comprador de buena fe.

  4. 4. Comprador a título oneroso (§175.7)

    Adquiere libre del fideicomiso sin aviso de un incumplimiento.

  5. 5. Pago (§175.8)

    Quien paga de buena fe no responde por el uso que haga el fiduciario del dinero.

Qué puede hacer el coordinador

  • Si el vendedor es un fideicomiso, comprobar que el memorando esté presentado ante el secretario del condado y nombre a los fiduciarios firmantes.
  • Asegurarse de que la escritura se redacte a nombre del fideicomiso y la firmen los fiduciarios del memorando.
  • Preguntar a la compañía de títulos si necesita algo más, como el instrumento del fideicomiso o un documento del fiduciario sucesor.

Preguntas sobre ventas de fideicomisos en Oklahoma

¿Quién firma la escritura cuando un fideicomiso de Oklahoma vende una casa?

El fiduciario o los fiduciarios, transmitiendo a nombre del fideicomiso (60 O.S. §175.6a).

¿Qué es un memorando de fideicomiso en Oklahoma?

Un documento que el fiduciario presenta ante el secretario del condado cuando un inmueble se adquiere o se transmite a nombre del fideicomiso, con la fecha de creación y los nombres de los fiduciarios (60 O.S. §175.6a).

Anote el memorando de fideicomiso y las firmas de los fiduciarios en las tareas del vendedor en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: 60 O.S. §§175.6a, 175.7 y 175.8 (título 60 en oklegislature.gov, revisado el 29 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.