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Nueva York · Ley Ejecutiva §135-cNotarización remota en línea en Nueva York: registro, verificación de identidad y la grabación de diez años

Un notario de Nueva York debe registrar ante el Secretario de Estado su capacidad para notarizar electrónicamente antes de realizar actos notariales electrónicos (Ley Ejecutiva §135-c(3)). Un acto notarial electrónico es el de un notario físicamente presente en Nueva York (§135-c(1)), y mediante tecnología de comunicación puede notarizar para un mandante dondequiera que esté el firmante, si puede confirmar razonablemente que el instrumento es el que firmó; para un mandante fuera de EE. UU., el documento debe referirse a un asunto ante un tribunal u organismo de EE. UU., o a un inmueble u operación en EE. UU. o sustancialmente vinculados con EE. UU. (§135-c). La identificación sigue las reglas en papel, y las normas del Secretario de Estado incluyen dos o más procesos distintos para autenticar la identidad del firmante remoto, aunque el conocimiento personal puede bastar (§135-c(2)(a)). El notario conserva la grabación de video y audio al menos diez años (§135-c(2)(b)), y un acto hecho así satisface cualquier requisito de Nueva York de comparecer personalmente ante notario.

Las reglas

  1. 1. Registro (§135-c(3))

    Ante el Secretario de Estado antes del primer acto electrónico.

  2. 2. Dónde

    Notario en Nueva York; firmante en cualquier lugar, con condiciones en el extranjero.

  3. 3. Identidad (§135-c(2)(a))

    Dos o más procesos de autenticación, o conocimiento personal.

  4. 4. Grabación (§135-c(2)(b))

    Conservada al menos diez años.

Qué puede hacer el coordinador

  • Preguntar al abogado de cierre, a la compañía de títulos y al prestamista si aceptan la notarización remota para este cierre.
  • Confirmar que el notario está registrado como notario electrónico y estará en Nueva York durante la sesión.
  • Avisar al firmante remoto de que habrá dos verificaciones de identidad.

Preguntas sobre la notarización remota en Nueva York

¿Puede un notario de Nueva York notarizar para un vendedor que vive en otro estado?

Sí: el notario electrónico debe estar en Nueva York, pero el firmante puede estar en cualquier lugar; fuera de EE. UU. el documento debe referirse a un inmueble, asunto u operación vinculados con EE. UU. (Ley Ejecutiva §135-c).

¿Cuánto tiempo conserva la grabación un notario electrónico de Nueva York?

Al menos diez años desde la fecha de la operación (§135-c(2)(b)).

Agregue en ClosingCode una tarea para confirmar la notarización remota con el abogado de cierre y el prestamista, con responsable y fecha.

Prueba gratis

Fuente: Ley Ejecutiva de Nueva York §135-c (nysenate.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. El prestamista, la compañía de títulos y el secretario del condado deciden si aceptan una notarización remota. ClosingCode es software; no es un bufete ni una compañía de títulos. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.