Connecticut · Conn. Gen. Stat. §3-95bNotarización remota en Connecticut: cómo funciona y por qué no puede usarse en un cierre inmobiliario
Connecticut permite que un notario notarice un documento para alguien que no está físicamente presente si pueden comunicarse simultáneamente en tiempo real por imagen y sonido, y el notario identifica a la persona por conocimiento personal, una identificación oficial vigente con foto, nombre y firma, al menos dos tipos de verificación de identidad o un testigo creíble (Conn. Gen. Stat. §3-95b(b)). Para un firmante fuera de Connecticut o de EE. UU., el documento debe ser para un asunto ante un tribunal u organismo de Connecticut, referirse a un inmueble en Connecticut o a una operación sustancialmente vinculada con Connecticut, o no estar prohibido notarizarlo fuera del estado (§3-95b(c)). El firmante envía el original firmado al notario, que lo certifica con su firma y sello; la notarización lleva la fecha en que el notario presenció la firma (§3-95b(d)–(e)). Pero ningún documento puede reconocerse a distancia en un cierre inmobiliario según el §51-88a, al otorgar un poder notarial ni en varios documentos sucesorios y de salud; ese reconocimiento no tiene efecto para ningún fin e infringe el §51-88, la ley sobre ejercicio no autorizado de la abogacía (§3-95b(i)).
Las reglas
1. Cómo (§3-95b(b))
Audio y video en tiempo real; identificación, conocimiento personal, dos verificaciones o un testigo creíble.
2. Original en papel (§3-95b(d))
El firmante envía el original firmado al notario para que lo certifique.
3. No en cierres (§3-95b(i)(11))
Sin reconocimiento remoto en un cierre inmobiliario según el §51-88a.
4. No en poderes (§3-95b(i)(6))
Sin reconocimiento remoto de un poder notarial.
Qué puede hacer el coordinador
- Planificar la firma presencial ante notario de los documentos de cierre en Connecticut.
- Si un vendedor o comprador no puede asistir, preguntar al abogado de cierre por las opciones: un poder tampoco puede reconocerse a distancia.
- Fijar la firma con tiempo para que una parte de otro estado llegue a un notario en persona.
Preguntas sobre la notarización remota en Connecticut
¿Pueden notarizarse a distancia los documentos de cierre en Connecticut?
No: el §3-95b(i)(11) prohíbe el reconocimiento remoto en un cierre inmobiliario según el §51-88a, y un reconocimiento hecho así no tiene efecto para ningún fin.
¿Puede reconocerse a distancia un poder notarial en Connecticut?
No: el otorgamiento de un poder notarial está en la misma lista (Conn. Gen. Stat. §3-95b(i)(6)).
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Agregue en ClosingCode una tarea para la firma presencial, con responsable y fecha antes del cierre.
Prueba gratisFuente: Estatutos Generales de Connecticut §3-95b, modificado por P.A. 24-97 (cga.ct.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. El abogado de cierre decide cómo se firman los documentos. ClosingCode es software; no es un bufete. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.