Nueva York · Ley Tributaria §253Impuesto de registro de hipotecas en Nueva York: las tres capas estatales, quién paga cada una y la exclusión de $10,000
El impuesto de registro de hipotecas de Nueva York se calcula sobre la deuda principal que garantiza la hipoteca registrada, por cada $100 y cada fracción mayor restante, en capas. El impuesto básico es de 50 centavos (Ley Tributaria de N.Y. §253(1)). Un impuesto especial adicional de 25 centavos se aplica a cada hipoteca, salvo cuando el prestamista es una persona física o una cooperativa de crédito y el inmueble tiene seis viviendas o menos; en inmuebles principalmente con seis viviendas o menos lo paga el prestamista y no puede trasladarse al prestatario salvo lo que permita el artículo (§253(1-a)(a)). Un impuesto adicional de 25 centavos se aplica en los condados fuera del Distrito de Transporte Metropolitano (MCTD) y de 30 centavos dentro, sin contar los primeros $10,000 de la deuda cuando el inmueble es una vivienda de una o dos familias (§253(2)(a)). Las ciudades de un millón de habitantes o más, la ciudad de Nueva York, pueden imponer su propio impuesto por ley local (§253-a), y la tasa total depende de dónde está el inmueble.
Las capas estatales (por cada $100 de deuda)
1. Básico (§253(1))
50 centavos.
2. Especial adicional (§253(1-a))
25 centavos: lo paga el prestamista en viviendas de una a seis unidades, salvo que sea una persona o cooperativa de crédito exenta.
3. Adicional (§253(2)(a))
25 centavos fuera del MCTD, 30 dentro; sin contar los primeros $10,000 en casas de una o dos familias.
4. Ciudad de Nueva York (§253-a)
La ciudad puede añadir su propio impuesto por ley local.
Qué puede hacer el coordinador
- Revisar en la estimación del préstamo y la divulgación de cierre el impuesto de registro de hipotecas y quién paga cada parte.
- En una casa de una o dos familias, confirmar que se aplica la exclusión de $10,000 al impuesto adicional.
- Pedir a la compañía de títulos la tasa total del condado: depende de la ubicación.
Preguntas sobre el impuesto de registro de hipotecas en Nueva York
¿Quién paga el impuesto de registro de hipotecas en Nueva York?
El prestatario paga los impuestos básico y adicional; el especial adicional de 25 centavos lo paga el prestamista en inmuebles de seis viviendas o menos, salvo que sea una persona física o cooperativa de crédito exenta (Ley Tributaria de N.Y. §253(1)–(2)).
¿Hay una exención de los primeros $10,000 en Nueva York?
En una vivienda de una o dos familias, los primeros $10,000 de la deuda no cuentan para el impuesto adicional del §253(2)(a).
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Prueba gratisFuente: Ley Tributaria de Nueva York §§253 y 253-a (nysenate.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
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