Maine · 10 M.R.S. §§3253, 3255Plazos del gravamen de construcción en Maine: la declaración en 90 días, la demanda en 120 y la protección del comprador
En Maine, el reclamante cuyo trabajo, materiales o servicios no se aportaron por contrato con el dueño pierde el gravamen salvo que, dentro de 90 días desde que dejó de aportarlos, inscriba ante el registro de escrituras una declaración jurada del importe adeudado y una descripción de la propiedad y envíe copia al dueño por correo (10 M.R.S. §3253). Todo gravamen del capítulo se conserva y ejecuta solo mediante una demanda presentada ante la secretaría del Tribunal Superior o de Distrito del condado dentro de 120 días desde el último trabajo, material o servicio (§3255(1)). El comprador de buena fe a título oneroso adquiere libre del gravamen salvo que, antes de adquirir, el reclamante haya inscrito la declaración del §3253 o un aviso de que puede reclamar un gravamen y, si ya se inició la demanda, se haya dado aviso según el §3261 (§3255(2)).
Los plazos
1. Declaración (§3253)
Dentro de 90 días, para reclamantes sin contrato con el dueño.
2. Demanda (§3255(1))
Presentada dentro de 120 días desde el último trabajo.
3. Comprador (§3255(2))
El comprador de buena fe queda libre de un gravamen no inscrito.
4. Aviso de demanda (§3261)
Necesario frente al comprador una vez presentada la demanda.
Qué puede hacer el coordinador
- Si el vendedor hizo obras dentro del plazo de inscripción, pedir renuncias al gravamen del contratista y los subcontratistas.
- Enviar a la compañía de títulos cualquier gravamen inscrito antes del cierre.
- Guardar las renuncias en el expediente.
Preguntas sobre gravámenes de construcción
¿Cuánto tiempo tiene un contratista de Maine para ejecutar un gravamen?
Debe presentar una demanda dentro de 120 días desde el último trabajo, material o servicio (10 M.R.S. §3255(1)).
¿Queda obligado un comprador en Maine por un gravamen no inscrito?
No: el comprador de buena fe a título oneroso queda libre salvo que el reclamante haya inscrito su declaración o aviso antes de la adquisición (10 M.R.S. §3255(2)).
Guías relacionadas
Agregue en ClosingCode una tarea para las renuncias al gravamen de contratistas recientes, con responsable y fecha antes del cierre.
Prueba gratisFuente: Estatutos Revisados de Maine, título 10, §§3253 y 3255 (legislature.maine.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. La compañía de títulos decide cómo afecta un gravamen a la póliza. ClosingCode es software; no es un bufete ni una compañía de títulos. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.