Florida · §689.29Divulgación de derechos del subsuelo en Florida para construcción nueva
Algunos constructores y desarrolladores de Florida se quedan con los derechos minerales bajo los lotes que venden. El §689.29 de los Estatutos de Florida les exige decirlo antes de que el comprador firme. Se aplica a un «vendedor» de una propiedad con zonificación residencial en la que se está construyendo una vivienda nueva, se construirá según el contrato de venta o se construyó desde la última transmisión. Si el vendedor, o una entidad afiliada o relacionada, separó o retuvo (o lo hará) alguno de los derechos del subsuelo o un derecho de ingreso, debe dar al posible comprador un resumen de divulgación al firmar el contrato o antes. El resumen debe ser visible, en negrita y sustancialmente igual al formulario legal, que advierte que los derechos del subsuelo se separaron o se separarán del título por escritura o reserva; que el titular de esos derechos puede tener el derecho perpetuo de perforar, minar, explorar o extraer recursos del subsuelo de la propiedad, directamente desde su superficie o desde un lugar cercano; y que los derechos del subsuelo pueden tener valor económico, seguido de las iniciales del comprador. Si el resumen no está en el propio contrato, el contrato debe mencionarlo e incorporarlo, con una advertencia visible de que el comprador no debe firmar hasta leerlo. «Derechos del subsuelo» son los derechos sobre todos los minerales, combustibles minerales y otros recursos bajo la superficie, incluidos petróleo, gas, carbón, esquisto bituminoso, uranio, metales y fosfato.
Cuándo se aplica
Vendedor
De una propiedad residencial con vivienda nueva en construcción, a construir según el contrato o construida desde la última transmisión.
Causa
El vendedor o una afiliada separó o retuvo (o lo hará) derechos del subsuelo o un derecho de ingreso.
Momento
Al firmar el contrato o antes.
El resumen de divulgación
- Visible y en negrita, sustancialmente según el formulario legal.
- Dice que el titular de los derechos puede perforar, minar, explorar o extraer recursos, desde la propiedad o cerca.
- Con las iniciales del comprador.
- Si va aparte del contrato, el contrato lo incorpora y advierte que se lea antes.
Qué puede hacer el coordinador
- En una compra de construcción nueva en Florida, preguntar al constructor si se quedó con derechos del subsuelo.
- Asegurarse de que el resumen con las iniciales del comprador esté en el expediente con el contrato.
- Compararlo con las excepciones del compromiso de título por reservas minerales.
Preguntas sobre derechos del subsuelo en Florida
¿Los constructores de Florida deben divulgar que se quedaron con los derechos minerales?
Sí. El vendedor de una vivienda nueva que separó o retuvo derechos del subsuelo, directamente o mediante una afiliada, debe dar un resumen en negrita al firmar el contrato o antes (Estatutos de Florida §689.29).
¿Qué son los derechos del subsuelo?
Los derechos sobre todos los minerales, combustibles minerales y otros recursos bajo la superficie, como petróleo, gas, carbón, uranio, metales y fosfato (§689.29(3)(b)).
¿El comprador debe poner sus iniciales en la divulgación?
El formulario legal incluye una línea para las iniciales del comprador.
Guías relacionadas
Agregue el resumen con las iniciales como documento de la transacción en ClosingCode, para tenerlo en el expediente con el contrato.
Prueba gratisFuente: Estatutos de Florida §689.29 (leg.state.fl.us, revisado el 26 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una compañía de títulos. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.