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Cierre · 12 CFR 22.3, 22.9Aviso de zona inundable y seguro obligatorio contra inundación

Si la vivienda está en un área especial de riesgo de inundación de FEMA, el prestamista regulado debe dar al prestatario un aviso escrito (la advertencia, el requisito de seguro, la disponibilidad de pólizas del NFIP y privadas y si puede haber ayuda por desastre) con tiempo razonable antes del cierre (12 CFR 22.9; FDIC 339.9). El prestamista no puede cerrar el préstamo sin que el edificio tenga seguro contra inundación durante el plazo del préstamo, al menos por el menor entre el saldo y la cobertura máxima del NFIP (22.3).

Las reglas

  1. Aviso (§22.9(a)–(c))

    Aviso escrito al prestatario con tiempo razonable antes de completar la transacción, haya o no seguro disponible, y al administrador del préstamo. El prestamista guarda constancia de recepción.

  2. Contenido (§22.9(b))

    Una advertencia aprobada por FEMA de que el edificio está en un área especial de riesgo; el requisito de compra; que hay pólizas del NFIP y privadas; la sugerencia de comparar coberturas y primas; y si puede haber ayuda federal por desastre.

  3. Seguro (§22.3(a))

    Durante el plazo del préstamo, al menos el menor entre el saldo pendiente y la cobertura máxima del NFIP para ese tipo de propiedad. Cubre el edificio y los bienes que garantizan el préstamo, no el terreno.

  4. Seguro privado (§22.3(c))

    El prestamista debe aceptar una póliza privada que cumpla la definición de seguro privado contra inundación y el requisito de cobertura.

Qué vigila el TC

  • La determinación de zona inundable al inicio del préstamo: puede sumar una póliza y una prima al efectivo para cerrar.
  • El aviso firmado en el paquete del préstamo antes del cierre.
  • Que la fecha de vigencia de la póliza coincida con el cierre.
  • Las divulgaciones estatales de inundación del vendedor (por ejemplo, Texas, Florida, Nueva York): son aparte.

Preguntas sobre el aviso y el seguro contra inundación

¿Cuándo debe dar el prestamista el aviso de zona inundable?

Con tiempo razonable antes de completar la transacción (12 CFR 22.9(c); FDIC 12 CFR 339.9(c)).

¿Cuánto seguro contra inundación se exige?

Al menos el menor entre el saldo del préstamo y la cobertura máxima del NFIP para el tipo de propiedad, durante el plazo del préstamo (12 CFR 22.3(a)).

¿Debe aceptar el prestamista un seguro privado?

Sí, si la póliza cumple la definición reglamentaria de seguro privado contra inundación y el requisito de cobertura (12 CFR 22.3(c)).

¿El seguro cubre el terreno?

No. La cobertura se limita al edificio o vivienda móvil y a los bienes que garantizan el préstamo, no al terreno.

¿El aviso del prestamista es lo mismo que la divulgación del vendedor?

No. El aviso del prestamista es federal; muchos estados también exigen una divulgación de inundación del vendedor.

Agregue la determinación de inundación, el aviso firmado y la póliza como tareas con fecha en la transacción en ClosingCode antes del cierre.

Prueba gratis

Fuentes: 12 CFR 22.3 y 22.9 (OCC) y 12 CFR 339.9 (FDIC) (eCFR, consultado el 24 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal ni de seguros. ClosingCode es software; no es un prestamista, una aseguradora ni un bufete.