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California · R&T Code §18662(e)Retención inmobiliaria en California: 3⅓% del precio salvo exención certificada

Al vender un inmueble en California, el comprador, en la práctica el escrow, debe retener el 3⅓% del precio y enviarlo al Franchise Tax Board (Rev. & Tax. Code §18662(e)). Se aplica a personas sean o no residentes de California, y a corporaciones y sociedades sin establecimiento permanente en el estado. El vendedor puede elegir la retención sobre la ganancia a la tasa máxima, certificada en el formulario del FTB. No hay retención si el precio es de $100,000 o menos, o si el vendedor certifica vivienda principal según el §121, pérdida neta o un intercambio 1031 o 1033. En una venta de $500,000: $16,667.

Quién retiene, cuánto y un ejemplo

  1. Quién retiene

    El adquirente, en la práctica el escrow, tras el aviso escrito del requisito (§18662(e)(2), (3)(B)).

  2. Monto general

    3⅓% del precio (§18662(e)(2)(A)) → $16,667 sobre $500,000.

  3. Opción sobre la ganancia

    Un monto certificado por el vendedor: al menos la ganancia × la tasa máxima del §17041 para personas (§18662(e)(2)(B)).

  4. A quién afecta

    Personas, también residentes; corporaciones y sociedades solo sin establecimiento permanente en California (§18662(e)(1)).

  5. Remisión

    El escrow puede remitir hasta el día 20 del mes siguiente al cierre (§18662(e)(4)(A)).

  6. Tarifas

    El escrow no puede cobrar por cumplir salvo que preste asistencia, y entonces no más de $45 (§18662(e)(7)).

No hay retención cuando

  • El precio es de $100,000 o menos (§18662(e)(3)(A)).
  • El vendedor certifica que fue su vivienda principal o la del fallecido, o que lo fue en su último uso, según el §121.
  • La venta da una pérdida neta o una ganancia no reconocida en California.
  • Un intercambio 1031, en la parte diferida, o una conversión involuntaria del §1033.
  • Venta por ejecución o dación en pago; corporación con establecimiento permanente en California.

Qué revisa el TC antes del cierre

  • Residencia y tipo de entidad del vendedor, preguntados pronto y no en la mesa de cierre.
  • El certificado de exención o la declaración firmada, en el expediente antes de desembolsar.
  • La línea de retención en la hoja del vendedor, quién la remite y en qué plazo.

Preguntas sobre esta retención

¿Cuánto es la retención inmobiliaria en California?

3⅓% del precio, $16,667 sobre $500,000, o el monto certificado por el vendedor sobre la ganancia.

¿Pagan retención los residentes de California?

La regla abarca a vendedores individuales sean o no residentes; la mayoría de los residentes que venden su casa la evitan certificando vivienda principal o pérdida.

¿Puede el escrow cobrar por la retención?

Solo por asistencia más allá del aviso escrito, y no más de $45 (§18662(e)(7)).

Ponga la pregunta de residencia y el certificado de exención en la lista como tareas con responsable y fecha en ClosingCode, con los documentos en la operación.

Prueba gratis

Fuente: Código de Ingresos e Impuestos de California §18662 (leginfo.legislature.ca.gov, consultado el 25 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal ni fiscal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría.