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California · Código de Sucesiones §§10308–10311Comprar una casa en sucesión en California: confirmación judicial y sobreoferta

Una casa vendida por una sucesión en California se vende de dos maneras. Con confirmación judicial, la venta se informa al tribunal y el título no pasa hasta que un juez la confirma (§10308). El precio debe ser al menos el 90% de un avalúo hecho dentro del año anterior a la audiencia (§10309), y en la audiencia cualquiera puede presentar una oferta escrita mayor, al menos 10% más sobre los primeros $10,000 de la oferta original y 5% más sobre el resto, que el tribunal en general debe aceptar (§10311). Sobre una oferta aceptada de $500,000 la sobreoferta mínima es $525,500. Si el representante tiene plena autoridad según la Ley de Administración Independiente de Sucesiones, no se aplican las reglas de confirmación (§10503); los herederos reciben un aviso de acción propuesta al menos 15 días antes de la venta (§10586) y una objeción la devuelve al tribunal (§10589).

Las dos maneras de vender de una sucesión

  1. Confirmación judicial

    La venta se informa al tribunal y se confirma antes de pasar el título; el comprador puede pedirla si el representante no lo hace en 30 días (§10308).

  2. 90% del avalúo

    Una venta privada solo se confirma al 90% o más de un avalúo del último año (§10309).

  3. Sobreoferta en la audiencia

    Oferta escrita 10% mayor sobre los primeros $10,000 y 5% sobre el resto; el tribunal acepta la mayor que califique u ordena nueva venta (§10311).

  4. Ejemplo

    Oferta aceptada de $500,000 → $1,000 + $24,500 = $25,500 más → sobreoferta mínima $525,500.

  5. Administración independiente

    Con plena autoridad el representante vende sin confirmación, sobreoferta ni regla del 90% (§§10503, 10511).

  6. Aviso de acción propuesta

    Se entrega al menos 15 días antes de la venta; una objeción escrita obliga a la supervisión judicial (§§10586, 10589).

Qué debe preguntar primero el comprador

  • ¿La venta es con confirmación judicial o con plena administración independiente?
  • Si hay confirmación: la fecha de la audiencia y si asistirá para volver a ofertar.
  • Si es administración independiente: cuándo termina el aviso de 15 días.
  • Qué pasa con el depósito si lo superan en la audiencia.

Qué controla el TC

  • La fecha de la audiencia de confirmación o el fin del plazo del aviso de acción propuesta.
  • La orden que confirma la venta, o prueba de que no hubo objeción, antes de cerrar el título.
  • Los plazos del contrato que corren desde la confirmación y no desde la aceptación.

Preguntas de los compradores

¿Cuánto es la sobreoferta en una venta de sucesión en California?

Al menos 10% más sobre los primeros $10,000 de la oferta aceptada y 5% más sobre el resto (§10311): $25,500 más sobre una oferta de $500,000.

¿Toda venta de sucesión necesita aprobación judicial?

No. Con plena autoridad según la Ley de Administración Independiente, el representante puede vender tras un aviso de 15 días, sin confirmación judicial (§§10503, 10586).

¿Puede venderse por debajo del avalúo?

Con confirmación judicial, una venta privada debe ser al menos el 90% de un avalúo del último año antes de la audiencia (§10309).

Controle la audiencia de confirmación o el aviso de 15 días como tarea con responsable y fecha en ClosingCode, y fije los plazos del contrato desde esa fecha.

Prueba gratis

Fuente: Código de Sucesiones de California §§10300, 10308–10311, 10400, 10402, 10503, 10511, 10586 y 10589 (leginfo.legislature.ca.gov, consultado el 25 de octubre de 2026).

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