California · Código Civil §1102.6bDivulgación Mello-Roos en California: el aviso de impuesto especial en una reventa
Cuando una casa en California está sujeta a un impuesto especial Mello-Roos, a una evaluación de la Ley de Bonos de Mejoras de 1915 o a una evaluación contractual como PACE, el vendedor debe hacer un esfuerzo de buena fe para obtener el aviso de cada agencia local que lo cobra y entregarlo al comprador (Código Civil §1102.6b). La agencia debe entregar el aviso de impuesto especial dentro de cinco días hábiles y puede cobrar hasta $15 (Código de Gobierno §53340.2). Puede usarse un aviso de un proveedor privado si muestra los datos exigidos.
Las reglas
Cuándo aplica (§1102.6b(a))
Una reventa sujeta al artículo de la TDS cuando la propiedad tiene un gravamen continuo de impuesto especial Mello-Roos, una evaluación en cuotas de la Ley de 1915 o una evaluación contractual, y no se exige el aviso del desarrollador del Código de Gobierno §53341.5.
Deber del vendedor (§1102.6b(b))
Hacer un esfuerzo de buena fe para obtener el aviso de cada agencia que cobra y entregarlo al comprador, siempre que la agencia lo ponga a disposición.
Aviso de la agencia (Código de Gobierno §53340.2)
La oficina designada entrega el aviso de impuesto especial dentro de cinco días hábiles tras la solicitud, por una tarifa de no más de $15.
Aviso privado (§1102.6b(d))
Debe indicar la entidad Mello-Roos, el impuesto anual actual, el máximo, el aumento anual, el último año en que puede cobrarse y un teléfono de contacto si existe.
Conviene saber
- Las ventas de subdivisiones nuevas son distintas: el desarrollador debe entregar y hacer firmar al comprador un aviso de impuesto especial antes del contrato (Código de Gobierno §53341.5).
- Para PACE y evaluaciones contractuales similares puede usarse un aviso sustancialmente equivalente, como la última factura del impuesto predial o un detalle de las evaluaciones actuales (§1102.6b(c)).
- El aviso es una divulgación del mismo artículo que la TDS; si se entrega después de aceptada la oferta, el comprador tiene 3 días tras la entrega en persona o 5 días tras la entrega por correo o electrónica para terminar (§1102.3).
Qué controla el TC
- Los impuestos especiales y evaluaciones en el informe preliminar de título o la factura de impuestos.
- El aviso pedido a cada agencia, o un informe privado ordenado.
- El aviso entregado con las divulgaciones del vendedor y firmado por el comprador.
- El pago o la asunción de un gravamen PACE, conversado con el prestamista.
Preguntas sobre la divulgación Mello-Roos en California
¿Debe el vendedor en California divulgar los impuestos Mello-Roos?
Sí. Debe hacer un esfuerzo de buena fe para obtener el aviso de impuesto especial de cada agencia que lo cobra y entregarlo al comprador (Código Civil §1102.6b).
¿En cuánto tiempo entrega la agencia el aviso?
Dentro de cinco días hábiles tras la solicitud, por una tarifa de no más de $15 (Código de Gobierno §53340.2(b)).
¿Puede una empresa de informes entregar el aviso Mello-Roos?
Sí, un aviso privado sirve si incluye la entidad, el impuesto anual actual y máximo, el aumento anual, el último año de cobro y un teléfono de contacto (§1102.6b(d)).
¿Cubre la divulgación Mello-Roos los préstamos PACE?
Cubre los programas de evaluación contractual del capítulo 29 del Código de Calles y Carreteras, que incluyen evaluaciones tipo PACE.
¿Qué pasa si el aviso llega después de aceptada la oferta?
El comprador puede terminar dentro de 3 días tras la entrega en persona o 5 días tras la entrega por correo o electrónica (§1102.3).
Guías relacionadas
Controle la solicitud del aviso de impuesto especial, su entrega y la firma del comprador como tareas con responsable y fecha en ClosingCode, junto a la TDS y la NHD.
Prueba gratisFuente: Código Civil de California §§1102.3, 1102.6b; Código de Gobierno §§53340.2, 53341.5 (leginfo.legislature.ca.gov, consultado el 24 de octubre de 2026).
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