California · Código Civil §2079Deber de inspección visual del agente en California (Código Civil §2079)
En California, el corredor o vendedor con licencia que tiene contrato escrito con el vendedor para encontrar comprador, o que coopera con ese corredor, debe al posible comprador de una vivienda de una a cuatro unidades o casa prefabricada una inspección visual razonablemente competente y diligente, y debe divulgar todos los hechos que afecten de forma material el valor o la conveniencia y que esa inspección revelaría (Código Civil §2079). No cubre áreas razonable y normalmente inaccesibles, áreas fuera del terreno ni registros públicos (§2079.3), y el comprador conserva su deber de cuidado razonable (§2079.5).
Las reglas
Quién (§2079(a))
El corredor con contrato escrito con el vendedor para encontrar comprador y el corredor que coopera con él, junto con sus agentes.
Qué
Una inspección visual razonablemente competente y diligente, y la divulgación de todos los hechos que afecten de forma material el valor o la conveniencia que una investigación revelaría.
Qué excluye (§2079.3)
Áreas razonable y normalmente inaccesibles, áreas fuera del terreno, registros o permisos públicos sobre título o uso y, en condominio, desarrollo planificado o cooperativa, más que la unidad, si se cumplen las reglas de documentos de la HOA.
Plazo (§2079.4)
La acción por incumplimiento debe iniciarse dentro de 2 años desde la posesión: registro, cierre de escrow u ocupación, lo que ocurra primero.
Conviene saber
- El comprador sigue obligado a actuar con cuidado razonable, incluidos los hechos a su alcance con atención y observación diligentes (§2079.5).
- El deber aplica a propiedades residenciales de una a cuatro viviendas o casas prefabricadas.
- Los hallazgos del agente suelen escribirse en una divulgación de inspección visual aparte que firma cada agente; no sustituye la TDS del vendedor.
Qué controla el TC
- La divulgación de inspección visual del agente del vendedor entregada con las divulgaciones del vendedor.
- La divulgación de inspección visual propia del agente del comprador.
- Las firmas del comprador que acusan recibo antes del plazo de divulgaciones.
Preguntas sobre la inspección visual del agente en California
¿Debe inspeccionar la propiedad el agente del comprador en California?
Sí, si coopera con el corredor del vendedor para encontrar comprador: el §2079 cubre al corredor del vendedor y al corredor cooperante.
¿Qué cubre la inspección visual del agente?
Una inspección visual razonablemente competente y diligente de las áreas accesibles y la divulgación de hechos materiales que revelaría (§2079).
¿Debe revisar el ático o el espacio bajo el piso?
No en áreas razonable y normalmente inaccesibles para este tipo de inspección (§2079.3).
¿Sustituye la inspección visual a una inspección profesional?
No. Es una revisión visual del agente; el comprador conserva su deber de cuidado (§2079.5) y normalmente contrata una inspección profesional.
¿Cuánto tiempo tiene el comprador para demandar por el §2079?
No más de 2 años desde la posesión: registro, cierre de escrow u ocupación, lo que ocurra primero (§2079.4).
Guías relacionadas
Controle las divulgaciones de inspección visual de ambos agentes y las firmas del comprador como tareas con responsable y fecha en ClosingCode, junto a la TDS y la NHD.
Prueba gratisFuente: Código Civil de California §§2079, 2079.3, 2079.4, 2079.5 (leginfo.legislature.ca.gov, consultado el 24 de octubre de 2026).
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