Arizona · A.R.S. §33-442Tarifas privadas de transferencia en Arizona: cuáles son nulas y cuáles se permiten
Arizona anula las restricciones de tarifas privadas de transferencia. Una cláusula de una declaración, restricción u otro documento no obliga ni es exigible contra el inmueble ni contra ningún dueño, comprador o acreedor posterior si a la vez vincula a los sucesores en el título y obliga al comprador o al vendedor a pagar una tarifa a un promotor o tercero en una transmisión, o por permitirla (A.R.S. §33-442(A)). Esa cláusula no es exigible esté inscrita o no, y cualquier gravamen basado en ella es inválido (§33-442(B)); las restricciones otorgadas después del 29 de julio de 2010 no obligan, y las anteriores tampoco quedan validadas (§33-442(D)). Las cuotas periódicas que se deben se venda o no el inmueble no son tarifas de transferencia (§33-442(A)(2)). Se permiten: la tarifa de asunción del préstamo de un prestamista, la comisión de un corredor, una tarifa a una asociación que afecta a la tierra y se usa solo para el fin que autoriza el documento, los cargos de arrendamiento, los pagos por renunciar a una opción o derecho de tanteo, las tarifas de transferencia de membresías de club, las tarifas a una entidad sin fines de lucro para la recreación en la asociación, las tarifas e impuestos públicos y los ajustes de precio a favor del vendedor (§33-442(C)). Una asociación no puede cobrar esas tarifas permitidas en ciertas transmisiones exentas del §11-1134(B)(3) o (7), salvo las tarifas de registros del administrador (§33-442(E)).
Las reglas
1. Nulas (§33-442(A)–(B))
Restricciones que cobran a favor de un promotor o tercero una tarifa en cada transmisión; sin gravamen.
2. Vigencia (§33-442(D))
No obligan si se otorgaron después del 29 de julio de 2010; las anteriores no quedan validadas.
3. Permitidas (§33-442(C))
Tarifas de la asociación para la tierra, de asunción, comisiones, cargos públicos.
4. Cuotas periódicas (§33-442(A)(2))
Las que se deben se venda o no el inmueble no son tarifas de transferencia.
Qué puede hacer el coordinador
- Revisar cada tarifa de transferencia de la divulgación de la HOA y de la liquidación y preguntar a quién se paga.
- Cuestionar una tarifa a favor de un promotor o tercero en cada venta: puede no ser exigible.
Preguntas sobre tarifas de transferencia en Arizona
¿Son legales las tarifas privadas de transferencia en Arizona?
No. Una restricción que obliga a los futuros dueños a pagar a un promotor o tercero una tarifa en la transmisión no es exigible ni crea gravamen, esté inscrita o no (A.R.S. §33-442(A)–(B)).
¿Puede una HOA de Arizona seguir cobrando una tarifa de transferencia?
Se permite una tarifa a una asociación que afecta a la tierra y se usa solo para el fin que autoriza el documento, salvo que deba trasladarse a un promotor o a un tercero ajeno (A.R.S. §33-442(C)(3)).
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Prueba gratisFuente: A.R.S. §33-442 (azleg.gov, revisado el 28 de octubre de 2026).
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