Arizona · A.R.S. §33-420Gravámenes falsos y documentos sin fundamento en Arizona: sanear el título antes del cierre
Quien inscribe un documento que reclama un interés o un gravamen sobre un inmueble de Arizona sabiendo o debiendo saber que es falsificado, sin fundamento, materialmente falso o inválido responde ante el dueño por al menos $5,000 o el triple de los daños reales, lo que sea mayor, más honorarios razonables y costas (A.R.S. §33-420(A)), y comete un delito grave de clase 5 (§33-420(E)). El dueño puede presentar una acción especial en el tribunal superior para sanear el título de inmediato, sola o junto con la reclamación de daños (§33-420(B)). La persona nombrada en ese documento que sabe que es inválido y se niega deliberadamente a liberarlo o corregirlo dentro de 20 días tras la solicitud escrita del dueño debe al menos $1,000 o el triple de los daños, más honorarios (§33-420(C)). Un documento que reclama un interés o gravamen sin respaldo de una ley, sentencia u otra autoridad legal específica se presume sin fundamento e inválido (§33-420(D)).
Las reglas
1. Responde quien inscribe (§33-420(A))
Al menos $5,000 o el triple de los daños, más honorarios.
2. Acción especial (§33-420(B))
El dueño puede pedir al tribunal superior que sanee el título de inmediato.
3. Negativa a liberar (§33-420(C))
20 días tras una solicitud escrita; al menos $1,000 o el triple de los daños.
4. Presunción (§33-420(D))
Un reclamo sin autoridad legal se presume sin fundamento.
5. Delito (§33-420(E))
Delito grave de clase 5 por inscribir a sabiendas un reclamo falso.
Qué puede hacer el coordinador
- Cuando el compromiso de título muestre un gravamen o reclamo inesperado, enviarlo enseguida al vendedor y a la compañía de títulos.
- Anotar 20 días desde la solicitud escrita del vendedor para liberarlo o corregirlo.
- Mantener una fecha de cierre realista si hace falta una acción especial para sanear el título.
Preguntas sobre gravámenes falsos en Arizona
¿Qué puede reclamar el dueño de Arizona por un gravamen falso?
Al menos $5,000 o el triple de los daños reales, lo que sea mayor, más honorarios razonables y costas (A.R.S. §33-420(A)).
¿En cuánto tiempo debe liberar un gravamen sin fundamento quien lo reclama en Arizona?
Dentro de 20 días tras la solicitud escrita del dueño; una negativa deliberada cuesta al menos $1,000 o el triple de los daños, más honorarios (A.R.S. §33-420(C)).
Guías relacionadas
Agregue una tarea en ClosingCode para la solicitud de liberación del vendedor y su plazo de 20 días.
Prueba gratisFuente: A.R.S. §33-420 (azleg.gov, revisado el 28 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.