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Alabama · Ala. Code §§6-5-247–6-5-252Derecho de redención en Alabama tras la ejecución: 180 días o un año, y el requerimiento de posesión de 10 días

Tras una venta por ejecución, sentencia o ejecución hipotecaria en Alabama, pueden redimir el deudor, el hipotecante, los acreedores hipotecarios posteriores, los acreedores judiciales, los cesionarios, los cónyuges en la fecha de la venta y los hijos, herederos o legatarios: dentro de 180 días de la venta si es una vivienda con exención homestead reclamada ese año fiscal, y dentro de un año para las demás propiedades (Ala. Code §6-5-248(a)–(b)). En ese homestead, el acreedor envía al hipotecante un aviso de redención por correo certificado al menos 30 días antes de la venta, y el plazo no empieza hasta darse ese aviso, aunque nunca supera un año desde la venta (§6-5-248(h)). El derecho no puede renunciarse en la hipoteca (§6-5-250). El deudor o hipotecante en posesión debe entregarla dentro de 10 días tras el requerimiento escrito del comprador, o pierde el derecho de redención (§6-5-251), y el comprador que no entrega una relación escrita y detallada de los cargos dentro de 10 días tras el requerimiento de quien redime pierde la compensación por mejoras (§6-5-252).

Las reglas

  1. 1. Plazo (§6-5-248(b))

    180 días para una vivienda con homestead; un año para otras propiedades.

  2. 2. Aviso (§6-5-248(h))

    Homestead: aviso certificado 30 días antes de la venta; el plazo empieza con el aviso, máximo un año.

  3. 3. Posesión (§6-5-251)

    Dentro de 10 días del requerimiento escrito, o se pierde la redención.

  4. 4. Cargos (§6-5-252)

    Relación detallada dentro de 10 días del requerimiento.

Qué puede hacer el coordinador

  • Para un comprador de una vivienda ejecutada en Alabama, anotar en la operación la fecha de fin de la redención.
  • Preguntar si se reclamó la exención homestead en el año de la venta.
  • Programar el requerimiento escrito de posesión y el plazo de 10 días.

Preguntas sobre la redención en Alabama

¿Cuánto tiempo puede redimir el antiguo dueño en Alabama tras la ejecución?

180 días tras la venta para una vivienda con exención homestead reclamada ese año fiscal; un año para otras propiedades (Ala. Code §6-5-248(b)).

¿Puede el comprador obtener la posesión durante el plazo de redención?

Sí, el deudor o hipotecante debe entregarla dentro de 10 días tras el requerimiento escrito, o pierde el derecho de redención (Ala. Code §6-5-251).

Anote la fecha de fin de la redención y el requerimiento de posesión como tareas en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: Código de Alabama §§6-5-247, 6-5-248, 6-5-250, 6-5-251 y 6-5-252 (alison.legislature.state.al.us, revisado el 28 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.