Washington · RCW 64.04Escrituras en Washington: con garantía, de compraventa y de finiquito, y por qué importa registrar
La ley de escrituras de Washington da tres modelos breves, y las palabras que se usan deciden lo que promete el vendedor. Toda transmisión de un inmueble, o de un derecho sobre él, y todo contrato que cree un gravamen, debe hacerse por escritura (RCW 64.04.010), y toda escritura debe ser escrita, firmada por el obligado y reconocida ante una persona autorizada para tomar reconocimientos (64.04.020). La escritura con garantía legal («conveys and warrants») es una transmisión del dominio pleno con compromisos de que el otorgante era dueño y podía transmitir, de que estaba libre de todo gravamen y de que garantiza la posesión pacífica y defenderá el título frente a toda persona que pueda reclamarlo legítimamente (64.04.030). La escritura de compraventa («bargains, sells, and conveys») lleva compromisos más limitados: que el otorgante tenía el dominio pleno libre de gravámenes hechos o tolerados por él, y el goce pacífico frente al otorgante y sus herederos y cesionarios (64.04.040). La escritura de finiquito («conveys and quitclaims») pasa todos los derechos que el otorgante tenga en ese momento, pero no el título que adquiera después salvo que se diga (64.04.050). Registro: una transmisión reconocida puede registrarse en el condado donde está la propiedad, y una transmisión no registrada es nula frente a un comprador o acreedor hipotecario posterior de buena fe y a título oneroso del mismo vendedor cuya transmisión se registra primero; un instrumento se considera registrado en el minuto en que se presenta (65.08.070). Qué escritura usa una venta suele fijarlo el contrato de compraventa, así que la tarea del coordinador es comprobar que el borrador del escrow coincida.
Las tres escrituras legales
Con garantía legal (64.04.030)
«Conveys and warrants»: título limpio, sin gravámenes, defensa frente a todo reclamo.
De compraventa (64.04.040)
«Bargains, sells, and conveys»: compromisos limitados a los actos del otorgante.
De finiquito (64.04.050)
«Conveys and quitclaims»: solo los derechos existentes; sin título posterior salvo que se diga.
Otorgamiento y registro
1. Por escritura (64.04.010)
Toda transmisión y gravamen de inmuebles.
2. Escrita, firmada y reconocida (64.04.020)
Ante un funcionario autorizado para tomar reconocimientos.
3. Registrar primero (65.08.070)
Las escrituras no registradas pierden frente a un comprador posterior de buena fe que registra primero.
Qué puede hacer el coordinador
- Ver qué escritura exige el contrato y compararla con el borrador del escrow.
- Asegurarse de que la firma del vendedor se reconozca, y la de ambos cónyuges si la vivienda es ganancial.
- Confirmar con el escrow cuándo se presenta la escritura a registro el día del cierre.
Preguntas sobre escrituras en Washington
¿Qué promete una escritura con garantía legal en Washington?
Que el otorgante era dueño y podía transmitir, que está libre de todo gravamen y que defenderá el título frente a todo reclamo legítimo (RCW 64.04.030).
¿Qué diferencia hay entre la escritura de compraventa y la de garantía en Washington?
La de compraventa cubre solo los gravámenes hechos o tolerados por el otorgante y el goce pacífico frente a él y sus herederos, no frente a todos (RCW 64.04.040).
¿Por qué registrar pronto una escritura en Washington?
Una transmisión no registrada es nula frente a un comprador o acreedor hipotecario posterior de buena fe y a título oneroso cuya transmisión se registra primero (RCW 65.08.070).
Guías relacionadas
Agregue el borrador de escritura como documento de la transacción en ClosingCode y una tarea para compararlo con el contrato, con responsable y fecha.
Prueba gratisFuente: Código Revisado de Washington 64.04.010–64.04.050 y 65.08.070 (app.leg.wa.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
Información general, no asesoría legal. El contrato fija el tipo de escritura y el escrow la prepara. ClosingCode es software; no es un bufete ni una compañía de escrow. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.