Washington · EjecuciónVenta por el fiduciario en Washington: aviso, subsanación hasta el undécimo día, venta el viernes y sin redención
Con una escritura de fideicomiso de Washington, el fiduciario debe inscribir el aviso de venta ante el auditor del condado y enviarlo al prestatario, al otorgante y a los titulares de intereses subordinados al menos 90 días antes de la venta, o 120 días cuando se exige la carta previa del RCW 61.24.031, y fijarlo en el inmueble o notificarlo a un ocupante. La venta se celebra en un lugar público del condado un viernes, o el lunes siguiente si el viernes es feriado, y el fiduciario puede aplazarla hasta 120 días en total (RCW 61.24.040). Hasta el undécimo día antes de la venta, el prestatario, el otorgante, un garante o un acreedor subordinado puede detenerla subsanando el incumplimiento y pagando los honorarios y costos del fiduciario (RCW 61.24.090). Cuando el fiduciario acepta una oferta, la venta es firme si la escritura del fiduciario se inscribe dentro de 15 días, y después de la venta nadie tiene derecho a redimir (RCW 61.24.050). No puede obtenerse sentencia por el saldo contra el prestatario o el otorgante tras la venta, salvo excepciones limitadas para préstamos comerciales (RCW 61.24.100). Un tribunal puede suspender la venta por motivos fundados, con la condición de que el solicitante pague al tribunal las cuotas periódicas (RCW 61.24.130).
Lo que fijan las leyes
Aviso (RCW 61.24.040(1))
Inscrito y enviado 90 días antes de la venta, 120 con la carta previa; fijado en el inmueble o notificado al ocupante.
Día de venta (RCW 61.24.040)
Viernes (lunes tras un feriado) en un lugar público del condado; aplazamientos hasta 120 días.
Subsanación (RCW 61.24.090)
Hasta el undécimo día antes de la venta, subsanando el incumplimiento y pagando honorarios y costos.
Tras la venta (RCW 61.24.050)
Firme con la oferta aceptada si la escritura se inscribe en 15 días; sin redención.
Suspensión (RCW 61.24.130)
Orden judicial por motivos fundados, con las cuotas periódicas pagadas al tribunal.
Qué hace el coordinador con un inmueble en ejecución
- Anotar en el expediente la fecha de venta y el plazo de subsanación del undécimo día anterior.
- Pedir con tiempo al fiduciario la cifra de pago o de subsanación y enviarla al escrow.
- Avisar de inmediato a los agentes si el fiduciario aplaza la venta: los aplazamientos pueden sumar hasta 120 días.
Preguntas sobre la venta por el fiduciario en Washington
¿Se puede redimir tras una venta por el fiduciario en Washington?
No. Después de una venta por el fiduciario nadie tiene derecho, por ley ni de otro modo, a redimir el inmueble (RCW 61.24.050(1)).
¿Cuál es el último día para detener una venta por el fiduciario en Washington pagando?
El incumplimiento debe subsanarse antes del undécimo día anterior a la fecha de venta, o antes del undécimo día anterior a la venta real si se aplazó (RCW 61.24.090(1)).
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Prueba gratisFuentes: RCW 61.24.040, 61.24.050, 61.24.090, 61.24.100, 61.24.130 (app.leg.wa.gov), revisados el 29 de octubre de 2026.
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