Saltar al contenido

Dakota del Sur · SDCL 59-12-4, 59-12-19Poder notarial en un cierre en Dakota del Sur: el requisito de notario y la regla de aceptación en 10 días hábiles

Según la Ley Uniforme de Poderes de Dakota del Sur, el poder lo firma el mandante, o en su presencia consciente alguien a quien él indique, y la firma debe reconocerse ante notario u otra persona autorizada (SDCL 59-12-4). Un poder otorgado en Dakota del Sur desde el 1 de julio de 2020 es válido si cumple esa regla; uno anterior, si cumplió la ley de su momento; uno otorgado en otro lugar, si cumplió la ley aplicable donde se otorgó o las reglas federales del poder militar; y una fotocopia o copia transmitida electrónicamente tiene el mismo efecto que el original (59-12-5). Quien recibe un poder conforme a Dakota del Sur debe aceptarlo, o pedir una certificación, traducción u opinión legal, dentro de diez días hábiles tras su presentación, aceptarlo dentro de cinco días hábiles tras recibir lo pedido y no puede exigir otro formulario, salvo que aplique una excepción, como el conocimiento real de su terminación, la creencia de buena fe de que no es válido o un aviso de posible abuso; un rechazo indebido puede acarrear una orden judicial y responsabilidad por honorarios y costas (59-12-19).

Las reglas

  1. 1. Otorgamiento (59-12-4)

    Firma reconocida ante notario u otro funcionario autorizado.

  2. 2. Copias (59-12-5(4))

    Una fotocopia o copia electrónica tiene el mismo efecto que el original.

  3. 3. Aceptación (59-12-19(1))

    Aceptar o pedir dentro de 10 días hábiles; luego 5 días hábiles.

  4. 4. Rechazo indebido (59-12-19(3))

    Orden judicial y honorarios y costas.

Qué puede hacer el coordinador

  • Enviar el poder al agente de cierre en cuanto sepa que una parte firmará mediante apoderado.
  • Revisar el reconocimiento notarial de la firma del mandante.
  • Anotar en el calendario el plazo de 10 días hábiles desde su presentación.

Preguntas sobre poderes en Dakota del Sur

¿Debe notarizarse un poder en Dakota del Sur?

Sí: la firma del mandante debe reconocerse ante notario u otra persona autorizada (SDCL 59-12-4).

¿Cuánto tiempo tiene el agente de cierre de Dakota del Sur para aceptar un poder?

Diez días hábiles tras la presentación para aceptarlo o pedir certificación, traducción u opinión, y luego cinco días hábiles tras recibirla (SDCL 59-12-19(1)).

Agregue en ClosingCode una tarea para revisar el poder notarial, con responsable y fecha.

Prueba gratis

Fuente: Leyes Codificadas de Dakota del Sur 59-12-4, 59-12-5 y 59-12-19 (sdlegislature.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. El agente de cierre decide si el poder es aceptable. ClosingCode es software; no es un bufete. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.