Oklahoma · 68 O.S. §§3105, 3113, 3119, 3125, 3127Reventa por impuestos en Oklahoma: tres años de mora, redención hasta la subasta y la escritura de reventa
Cuando los impuestos de un inmueble en Oklahoma llevan tres años o más impagos desde que vencieron, el tesorero del condado anuncia y vende el inmueble en la reventa fiscal del segundo lunes de junio, o en una subasta en línea iniciada esa semana (68 O.S. §§3105(A), 3125). El aviso se publica una vez por semana durante cuatro semanas seguidas antes de la venta (§3127). El dueño, o cualquier persona con un interés legal o en equidad, puede redimir en cualquier momento antes de que empiece la subasta pagando al tesorero del condado el monto adeudado originalmente con intereses y los costos acumulados; los menores y las personas con incapacidad mental tienen un año desde que cesa la incapacidad (§3113). En condados de más de 100,000 habitantes el tesorero no vende una vivienda unifamiliar habitada por un dueño de 65 años o más o con discapacidad total, con ingresos por debajo de las pautas federales de pobreza y un valor fiscal de $180,000 o menos, que no se alquila (§3105(B)). La escritura de reventa transmite solo la superficie y los minerales del dueño de la superficie, no los intereses de otras personas (§3119).
Las reglas
1. Cuándo (§§3105, 3125)
Tres años de impuestos impagos: reventa el segundo lunes de junio.
2. Aviso (§3127)
Publicado cuatro semanas seguidas antes de la venta.
3. Redención (§3113)
Hasta que empieza la subasta: impuestos, intereses y costos al tesorero.
4. Viviendas exentas (§3105(B))
Condados grandes: dueño de 65+ o con discapacidad, ingresos bajos, valor hasta $180,000, sin alquilar.
5. Escritura (§3119)
Solo la superficie y los minerales del dueño de la superficie.
Qué puede hacer el coordinador
- Si el vendedor debe impuestos atrasados, incluir en la liquidación el monto de redención del tesorero.
- Si el vendedor tiene una escritura de reventa fiscal, preguntar a la compañía de títulos cómo la asegura.
- Vigilar la fecha de reventa de junio si los impuestos se acercan a tres años de mora.
Preguntas sobre ventas por impuestos en Oklahoma
¿Cuándo vende Oklahoma una casa por impuestos impagos?
Cuando los impuestos llevan tres años o más impagos, en la reventa fiscal del condado del segundo lunes de junio (68 O.S. §§3105, 3125).
¿Hasta cuándo puede redimir el dueño de Oklahoma antes de la reventa fiscal?
La ley permite redimir en cualquier momento antes de que empiece la subasta, pagando los impuestos adeudados, intereses y costos; los menores y las personas con incapacidad mental tienen un año desde que cesa la incapacidad (68 O.S. §3113).
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Anote la cifra de redención del tesorero y la fecha de reventa como tareas de la operación en ClosingCode.
Prueba gratisFuente: 68 O.S. §§3105, 3113, 3119, 3125 y 3127 (título 68 en oklegislature.gov, revisado el 29 de octubre de 2026).
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