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Nuevo México · NMSA 1978, §47-13-4Estimación del impuesto predial en Nuevo México: la cifra del tasador para el año siguiente antes de aceptar la oferta

Antes de aceptar una oferta de compra de una vivienda, el vendedor de Nuevo México o su corredor pide al tasador del condado la estimación del impuesto sobre la propiedad, usando el precio de lista como valor, y entrega por escrito una copia de la respuesta al posible comprador o a su corredor (NMSA 1978, §47-13-4(B)). El corredor del comprador se la entrega de inmediato, y el comprador acusa recibo por escrito (§47-13-4(C)). El tasador responde antes del cierre del siguiente día hábil, y puede hacerlo mediante un sitio web; la estimación muestra el impuesto del año actual o anterior, la estimación para el año siguiente a la venta y un descargo legal (§47-13-4(D)–(E)). El comprador puede renunciar a la divulgación con un escrito firmado antes de hacer la oferta (§47-13-4(F)).

Las reglas

  1. 1. Solicitud (§47-13-4(B)(1))

    El vendedor o su corredor la pide al tasador, al precio de lista.

  2. 2. Entrega (§47-13-4(B)(2), (C))

    Al comprador antes de aceptar la oferta; acuse de recibo por escrito.

  3. 3. Tasador (§47-13-4(D))

    Responde antes del cierre del siguiente día hábil.

  4. 4. Renuncia (§47-13-4(F))

    El comprador puede renunciar por escrito antes de la oferta.

Qué puede hacer el coordinador

  • Pedir la estimación al tasador al publicar el listado, al precio de lista.
  • Adjuntar la estimación al paquete del listado para los corredores de compradores.
  • Reunir el acuse firmado del comprador, o su renuncia, con la oferta.

Preguntas sobre la estimación del impuesto en Nuevo México

¿Quién pide la estimación del impuesto en Nuevo México?

El vendedor o su corredor, al tasador del condado, antes de aceptar una oferta (NMSA 1978, §47-13-4(B)).

¿Puede el comprador omitirla?

Sí, firmando una renuncia escrita antes de hacer la oferta de compra (NMSA 1978, §47-13-4(F)).

Agregue la solicitud al tasador y el acuse del comprador como tareas en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: NMSA 1978, §47-13-4 (Estatutos Anotados de Nuevo México 1978 en nmonesource.com, revisados el 28 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.