Minnesota · §507.071Escritura de transferencia por fallecimiento en Minnesota: cómo funciona y vender tras la muerte del dueño
Una escritura de transferencia por fallecimiento (TODD) de Minnesota designa quién recibe un inmueble al morir el dueño. Según el §507.071 de los Estatutos de Minnesota, una escritura que dice expresamente que rige solo a la muerte de uno o más dueños otorgantes transmite el derecho al beneficiario a esa muerte, sujeto a las reglas de supervivencia; hasta entonces no afecta el título. Solo es válida si se registra en un condado donde está parte de la propiedad antes de la muerte del dueño otorgante, y debe cumplir los requisitos habituales de una escritura; puede firmarla un apoderado con facultad para otorgar escrituras. El dueño puede revocarla registrando una revocación antes de morir, y si después transmite la propiedad a otra persona por otra escritura, la TODD no tiene efecto sobre lo transmitido, así que el dueño puede seguir vendiendo. Al morir, el derecho pasa sujeto a todas las hipotecas, gravámenes, sentencias y gravámenes fiscales, a cualquier reclamo de un cónyuge sobreviviente que no participó ni consintió la escritura, y a los reclamos de asistencia médica y otras ayudas públicas si los demás bienes de la sucesión no alcanzan, hasta el valor recibido. Si un cónyuge que no es dueño participa o consiente por escrito, eso prueba de forma concluyente que renuncia a sus derechos conyugales cuando la transmisión rige. Para limpiar el título, el beneficiario pide al organismo del condado un certificado de liberación y lo registra, con una declaración de identidad y supervivencia y un acta de defunción certificada, en cada condado donde está la propiedad; en propiedad registrada no se emite un nuevo certificado de título hasta registrar el certificado de liberación. Si un beneficiario murió antes y otros lo sustituyen, también debe registrarse una orden judicial que determine los beneficiarios.
Cómo funciona (§507.071)
1. Registrar antes de morir
En un condado donde está parte de la propiedad.
2. Sin efecto hasta la muerte
El dueño puede vender; una transmisión posterior deja sin efecto la TODD sobre ese derecho.
3. Revocación
Registrada antes de la muerte del dueño.
4. Sujeta a
Gravámenes, el reclamo del cónyuge que no consintió y los reclamos de asistencia médica.
Vender tras la muerte
- Certificado de liberación del organismo del condado (reclamos de asistencia pública).
- Declaración de identidad y supervivencia con acta de defunción certificada.
- Registrados en cada condado donde está la propiedad, antes de un nuevo certificado de título en tierra registrada.
- Una orden judicial si beneficiarios sustitutos reemplazan a uno que murió antes.
Qué puede hacer el coordinador
- Cuando un listado de Minnesota llegue tras una muerte, preguntar si se registró una TODD y conseguir una copia.
- Pedir a los beneficiarios que soliciten pronto el certificado del condado: registrarlo es parte de limpiar el título.
- Agregar a cada beneficiario a la transacción: firman como vendedores.
Preguntas sobre escrituras de transferencia por fallecimiento en Minnesota
¿Puede un dueño de Minnesota vender con una TODD registrada?
Sí. Hasta la muerte del dueño la escritura no afecta el título, y una transmisión posterior del dueño deja sin efecto la TODD sobre lo transmitido (Estatutos de Minnesota §507.071).
¿Qué es el certificado de liberación de una TODD en Minnesota?
Un certificado del organismo del condado sobre los reclamos de asistencia médica y otras ayudas públicas; el beneficiario lo registra con una declaración de supervivencia y un acta de defunción (§507.071, subd. 20, 23).
¿Una TODD de Minnesota evita los derechos del cónyuge?
Solo si un cónyuge que no es dueño participó o consintió por escrito la escritura; si no, la transmisión queda sujeta al reclamo del cónyuge sobreviviente.
Guías relacionadas
Agregue a cada beneficiario a las personas de la transacción en ClosingCode y el certificado de liberación como documento, para que no falte nada al cierre.
Prueba gratisFuente: Estatutos de Minnesota §507.071 (revisor.mn.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).
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