Kentucky · EjecuciónVentas judiciales en Kentucky: la redención de seis meses cuando el precio no llega a dos tercios del valor tasado
Cuando un inmueble de Kentucky se vende por sentencia u orden judicial (que no sea una ejecución) y la venta no alcanza dos tercios del valor tasado, el demandado y sus representantes pueden redimirlo dentro de seis meses desde el día de la venta. El precio de redención es el dinero de la compra más un 10% anual de interés y los costos razonables en que incurrió el comprador después de la venta para mantener o reparar el inmueble, como servicios, seguro, cuotas de asociación, impuestos y adecuarlo a las normas locales contra molestias. El dinero se paga al secretario del tribunal que dictó la sentencia, y el comisionado judicial devuelve entonces el inmueble. Mientras existe el derecho, el comprador recibe de inmediato una orden de posesión y una escritura que contiene un gravamen a favor del demandado que refleja el derecho a redimir (KRS 426.530).
Lo que fija la ley
Cuándo (KRS 426.530(1))
Venta judicial (no una ejecución) que no alcanza dos tercios del valor tasado.
Plazo
Seis meses desde el día de la venta.
Precio
Dinero de la compra más 10% anual y los costos razonables de mantenimiento y reparación del comprador.
Escritura del comprador (426.530(3))
Posesión inmediata; la escritura lleva un gravamen por el derecho de redención.
Qué hace el coordinador cuando el vendedor compró en una venta judicial
- Comparar el precio de venta con el valor tasado: menos de dos tercios significa un derecho de redención de seis meses.
- Anotar el fin de los seis meses desde la fecha de venta e informar a la compañía de títulos.
- Buscar en el compromiso de título el gravamen de redención en la escritura del comisionado judicial.
Preguntas sobre la redención en Kentucky
¿Hay derecho de redención tras una venta por ejecución en Kentucky?
Solo si la venta judicial no alcanzó dos tercios del valor tasado: entonces el demandado puede redimir dentro de seis meses desde la venta pagando el precio más 10% anual y los costos razonables de mantenimiento del comprador (KRS 426.530(1)).
¿Puede el comprador tomar posesión durante el plazo de redención en Kentucky?
Sí. El comprador recibe de inmediato una orden de posesión y una escritura que contiene un gravamen a favor del demandado por el derecho de redención (KRS 426.530(3)).
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Ponga el fin del plazo de redención como tarea con fecha de la operación en ClosingCode.
Prueba gratisFuente: KRS 426.530 (apps.legislature.ky.gov), revisada el 29 de octubre de 2026.
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