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Florida · DivulgaciónPropiedad estigmatizada en Florida: muertes, homicidios y la protección legal

Florida fija por ley lo que un vendedor no tiene que informar sobre la historia de una vivienda. Que un ocupante del inmueble esté o haya estado infectado de VIH o diagnosticado de sida no es un hecho relevante que deba informarse en una operación inmobiliaria. Tampoco lo es que el inmueble haya sido, o se haya sospechado alguna vez que fue, el lugar de un homicidio, suicidio o muerte. No surge ninguna acción contra el dueño del inmueble, su agente, el agente del comprador o un licenciatario del capítulo 475 por no informar al comprador que el inmueble fue o se sospechó que fue el lugar de un homicidio, suicidio o muerte, o que un ocupante tenía VIH o sida (Fla. Stat. §689.25). La protección cubre solo esos hechos; no cubre el estado físico del inmueble.

Lo que fija la ley

  1. Muertes (§689.25(1)(b))

    Un homicidio, suicidio o muerte, real o sospechado, no es un hecho relevante.

  2. Salud (§689.25(1)(a))

    El VIH o sida de un ocupante no es un hecho relevante.

  3. Sin demanda (§689.25(2))

    No hay acción contra el dueño, el agente de cualquiera de las partes ni un licenciatario por no informar.

  4. Alcance (§689.25)

    Cubre solo esos hechos, no el estado físico del inmueble.

Qué hace el coordinador con un listado estigmatizado en Florida

  • Mantener la divulgación del vendedor centrada en el estado físico.
  • Si el comprador pregunta por la historia de la casa, derivar la pregunta al agente del listado y al vendedor.
  • Anotar cualquier daño físico vinculado a un hecho: eso va en la divulgación de condiciones.

Preguntas sobre la propiedad estigmatizada en Florida

¿Hay que informar una muerte en una casa en Florida?

No. Un homicidio, suicidio o muerte en el inmueble, real o sospechado, no es un hecho relevante que deba informarse (Fla. Stat. §689.25(1)(b)).

¿Puede un comprador de Florida demandar porque no le informaron un asesinato en la casa?

No por la falta de información: no surge acción contra el dueño, el agente de cualquiera de las partes ni un licenciatario por ello (Fla. Stat. §689.25(2)).

Guarde las divulgaciones del vendedor en la operación como documentos con fecha en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: Fla. Stat. §689.25 (flsenate.gov, 2025), revisada el 30 de octubre de 2026.

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.