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Florida · TítuloConvenios de cuota de transmisión en Florida: nulos si se inscribieron desde el 1 de julio de 2008

La legislatura de Florida declaró que los convenios de cuota de transmisión perjudican la comerciabilidad de los inmuebles y son una restricción irrazonable a la enajenación, sea cual sea su duración o importe. Un convenio de cuota de transmisión inscrito en Florida el 1 de julio de 2008 o después no acompaña al título y no obliga ni puede exigirse a ningún dueño, comprador o acreedor hipotecario posterior, y cualquier gravamen que pretenda garantizar la cuota es nulo; la ley tampoco presume válidos los convenios inscritos antes de esa fecha. Una cuota de transmisión es la que exige ese convenio y se paga en una transmisión, o por el derecho a hacerla o aceptarla, sea fija o un porcentaje del valor o del precio. La ley enumera lo que no es cuota de transmisión, como el precio de compra, la comisión del corredor, los cargos del prestamista como las cuotas de asunción y de estado de cuenta, los cargos del arrendamiento, los pagos por renunciar a una opción o a un derecho de tanteo, los cargos públicos y las cuotas pagaderas a una asociación de propietarios, condominio, cooperativa, casas móviles o propiedades según su declaración, incluidos los cargos de estado de cuenta (Fla. Stat. §689.28).

Lo que fija la ley

  1. Fecha de corte (§689.28(3))

    Inscritos desde el 1 de julio de 2008: no acompañan al título; gravamen nulo.

  2. Convenios anteriores (§689.28(3))

    No se presumen válidos ni exigibles.

  3. Excluidos (§689.28(2)(c))

    Precio, comisión, cargos del prestamista, cargos públicos, cuotas de la asociación y de estado de cuenta.

Qué hace el coordinador con un convenio de cuota de transmisión en Florida

  • Leer las excepciones del compromiso de título en busca de un convenio o aviso de cuota de transmisión.
  • Preguntar a la compañía de títulos si la ley lo anula y qué necesita para asegurar sin él.
  • No poner la cuota en la declaración de liquidación hasta que la compañía de títulos confirme que se debe.

Preguntas sobre cuotas privadas de transmisión en Florida

¿Puede un desarrollador de Florida cobrar una cuota en cada reventa?

No con un convenio de cuota de transmisión inscrito el 1 de julio de 2008 o después: no obliga a los dueños posteriores, y el gravamen que lo garantiza es nulo (Fla. Stat. §689.28(3)).

¿Es una cuota de transmisión el cargo de estado de cuenta de una HOA de Florida?

No. Las cuotas pagaderas a una asociación según su declaración, incluidos los cargos de estado de cuenta, están excluidas (Fla. Stat. §689.28(2)(c)).

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Fuente: Fla. Stat. §689.28 (flsenate.gov), revisada el 30 de octubre de 2026.

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.