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Florida · §201.02Impuesto de sellos sobre escrituras en Florida: 70 centavos por $100

Florida grava toda escritura que transmite un inmueble con 70 centavos por cada $100 del precio, redondeando hacia arriba cada fracción de $100 cuando no se muestra el monto completo (§201.02). El precio incluye el dinero pagado, las obligaciones canceladas y cualquier hipoteca u otro gravamen, se asuma o no; si se entrega algo distinto del dinero, se presume igual al valor de mercado. En una venta de $400,000 el impuesto es $2,800. Miami-Dade puede sumar un recargo, pero nunca en documentos de una vivienda unifamiliar o unidad de condominio (§201.031).

Las reglas

  1. Tasa (§201.02(1)(a))

    70 centavos por cada $100 del precio.

  2. Qué cuenta como precio

    El dinero pagado o pactado, la cancelación de una obligación y el monto de cualquier hipoteca, gravamen de precio de compra u otro gravamen, se asuma o no.

  3. Operaciones sin dinero

    Si el precio incluye bienes distintos del dinero, se presume igual al valor de mercado del inmueble.

  4. Recargo de Miami-Dade (§201.031)

    Un condado definido en el §125.011(1) puede cobrar un recargo, nunca en documentos que transmiten solo una vivienda unifamiliar, incluido un condominio o cooperativa.

Qué revisa el TC

  • Que los sellos de la escritura en la hoja de cierre sean el 0.7% del precio.
  • Quién paga según el contrato de compra.
  • El recargo solo donde aplica, no en una vivienda unifamiliar.

Preguntas sobre los sellos en Florida

¿Cuánto cuestan los sellos de una escritura en Florida?

70 centavos por $100 del precio (§201.02): $2,800 en una venta de $400,000.

¿Cuenta la hipoteca para los sellos de la escritura?

Sí. El precio incluye el monto de cualquier hipoteca u otro gravamen, se asuma o no la deuda.

¿Aplica el recargo de Miami-Dade a una vivienda unifamiliar?

No. No aplica a documentos que transmiten solo una vivienda unifamiliar, incluida una unidad de condominio (§201.031(1)).

Agregue la revisión de los sellos a la hoja de cierre como tarea con responsable y fecha en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: Estatutos de Florida §§201.02 y 201.031 (leg.state.fl.us, consultado el 25 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal ni fiscal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría.