Florida · Fla. Stat. cap. 713Gravámenes de construcción en Florida: 90 días para registrar, un año para demandar
En Florida el contratista, subcontratista o proveedor perfecciona el gravamen registrando una reclamación durante la obra o dentro de 90 días tras su último suministro de mano de obra, servicios o materiales (§713.08(5)). El gravamen caduca al año del registro salvo demanda; el propietario puede reducirlo a 60 días con un aviso de impugnación (§713.22). Antes de empezar, el propietario registra un aviso de inicio de obra, que deja de afectar a compradores y prestamistas posteriores al año del registro salvo que indique otra cosa (§713.13(6)). Las obras con precio directo de $2,500 o menos están exentas de casi toda la Parte I (§713.02(5)).
Plazos y reglas
Plazo de registro
Durante la obra o dentro de 90 días tras el último suministro (§713.08(5)).
Notificación al propietario
Debe notificarse antes o dentro de 15 días tras el registro, o puede ser anulable (§713.08(4)(c)).
Duración
1 año desde el registro salvo demanda; un aviso de impugnación lo reduce a 60 días (§713.22).
Aviso de inicio
Se registra antes de empezar; no afecta a compradores ni prestamistas posteriores tras 1 año salvo que diga otra cosa (§713.13(6)).
Obras pequeñas
Precio directo de $2,500 o menos: exentas de casi toda la ley (§713.02(5)).
Antes del cierre, pida
- Si hay un aviso de inicio registrado sobre la propiedad y si la obra terminó.
- Liberaciones finales de gravamen del contratista y de quien haya enviado avisos.
- La terminación del aviso de inicio, o el requisito de la compañía de títulos al respecto.
- Fechas del último trabajo, para ver si la ventana de 90 días sigue abierta al cierre.
Dónde sale mal
- Obras terminadas semanas antes del cierre: un contratista aún puede registrar un gravamen tras la escritura.
- Nadie pregunta al vendedor por obras de los últimos meses, y la búsqueda de título aún no muestra nada.
- Las renuncias o declaraciones llegan el día del cierre y nadie las lee.
Preguntas de los compradores
¿Cuánto tiempo tiene un contratista para registrar un gravamen en Florida?
90 días tras su último suministro de mano de obra, servicios o materiales (§713.08(5)).
¿Cuánto dura el gravamen?
Un año tras el registro salvo demanda; el aviso de impugnación del propietario lo reduce a 60 días (§713.22).
¿Afecta a la venta un aviso de inicio abierto?
Puede, por eso la compañía de títulos suele pedir que se resuelva; tras un año deja de afectar a compradores posteriores salvo que indique una fecha posterior (§713.13(6)).
Guías relacionadas
Agregue «obras recientes, permisos y renuncias de gravamen» a la lista de la operación como tarea con responsable y fecha en ClosingCode, con las declaraciones guardadas en la operación.
Prueba gratisFuente: Estatutos de Florida §§713.02, 713.08, 713.13 y 713.22 (flsenate.gov, estatutos 2025, consultado el 25 de octubre de 2026).
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