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Florida · Fla. Stat. cap. 713Gravámenes de construcción en Florida: 90 días para registrar, un año para demandar

En Florida el contratista, subcontratista o proveedor perfecciona el gravamen registrando una reclamación durante la obra o dentro de 90 días tras su último suministro de mano de obra, servicios o materiales (§713.08(5)). El gravamen caduca al año del registro salvo demanda; el propietario puede reducirlo a 60 días con un aviso de impugnación (§713.22). Antes de empezar, el propietario registra un aviso de inicio de obra, que deja de afectar a compradores y prestamistas posteriores al año del registro salvo que indique otra cosa (§713.13(6)). Las obras con precio directo de $2,500 o menos están exentas de casi toda la Parte I (§713.02(5)).

Plazos y reglas

  1. Plazo de registro

    Durante la obra o dentro de 90 días tras el último suministro (§713.08(5)).

  2. Notificación al propietario

    Debe notificarse antes o dentro de 15 días tras el registro, o puede ser anulable (§713.08(4)(c)).

  3. Duración

    1 año desde el registro salvo demanda; un aviso de impugnación lo reduce a 60 días (§713.22).

  4. Aviso de inicio

    Se registra antes de empezar; no afecta a compradores ni prestamistas posteriores tras 1 año salvo que diga otra cosa (§713.13(6)).

  5. Obras pequeñas

    Precio directo de $2,500 o menos: exentas de casi toda la ley (§713.02(5)).

Antes del cierre, pida

  • Si hay un aviso de inicio registrado sobre la propiedad y si la obra terminó.
  • Liberaciones finales de gravamen del contratista y de quien haya enviado avisos.
  • La terminación del aviso de inicio, o el requisito de la compañía de títulos al respecto.
  • Fechas del último trabajo, para ver si la ventana de 90 días sigue abierta al cierre.

Dónde sale mal

  • Obras terminadas semanas antes del cierre: un contratista aún puede registrar un gravamen tras la escritura.
  • Nadie pregunta al vendedor por obras de los últimos meses, y la búsqueda de título aún no muestra nada.
  • Las renuncias o declaraciones llegan el día del cierre y nadie las lee.

Preguntas de los compradores

¿Cuánto tiempo tiene un contratista para registrar un gravamen en Florida?

90 días tras su último suministro de mano de obra, servicios o materiales (§713.08(5)).

¿Cuánto dura el gravamen?

Un año tras el registro salvo demanda; el aviso de impugnación del propietario lo reduce a 60 días (§713.22).

¿Afecta a la venta un aviso de inicio abierto?

Puede, por eso la compañía de títulos suele pedir que se resuelva; tras un año deja de afectar a compradores posteriores salvo que indique una fecha posterior (§713.13(6)).

Agregue «obras recientes, permisos y renuncias de gravamen» a la lista de la operación como tarea con responsable y fecha en ClosingCode, con las declaraciones guardadas en la operación.

Prueba gratis

Fuente: Estatutos de Florida §§713.02, 713.08, 713.13 y 713.22 (flsenate.gov, estatutos 2025, consultado el 25 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete, compañía de títulos ni correduría.