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Connecticut · Conn. Gen. Stat. §§20-324k, 20-325mDepósito de garantía y registros del corredor en Connecticut: el depósito en tres días bancarios y el expediente de siete años

Todo corredor de Connecticut que guarda dinero de terceros en su actividad inmobiliaria mantiene una cuenta de escrow o fiduciaria separada en un banco que opere en el estado (Conn. Gen. Stat. §20-324k(a)). El depósito de garantía, los pagos iniciales, los depósitos y otros fondos fiduciarios se ingresan en esa cuenta dentro de tres días bancarios desde la fecha en que todas las partes necesarias firman el contrato, y permanecen allí hasta su destino final según las instrucciones de quien tenga derecho (§20-324k(c)); en un juicio, el tribunal puede permitir que el corredor deposite los fondos ante él y quede liberado de las reclamaciones (§20-324k(d)). El corredor conserva los contratos de compra, arrendamientos, opciones, ofertas y contraofertas que redactó, los contratos de listado y de representación del comprador o inquilino con sus modificaciones y divulgaciones, y los registros de la cuenta de escrow durante al menos siete años desde lo último entre el cierre, el desembolso de los fondos en escrow o el vencimiento del contrato, en formato electrónico salvo que no sea comercialmente práctico (§20-325m(a), (c)).

Las reglas

  1. 1. Cuenta de escrow (§20-324k(a))

    Cuenta separada en un banco que opere en Connecticut.

  2. 2. 3 días bancarios (§20-324k(c))

    Desde la fecha en que firman todas las partes necesarias.

  3. 3. Disputas (§20-324k(d))

    El tribunal puede recibir los fondos y liberar al corredor de las reclamaciones.

  4. 4. Registros de 7 años (§20-325m)

    Contratos, ofertas, acuerdos, divulgaciones y registros del escrow; formato electrónico.

Qué puede hacer el coordinador

  • Contar tres días bancarios desde la última firma y obtener el recibo del depósito en escrow.
  • Enviar al corredor el expediente completo, con borradores, ofertas, contraofertas y divulgaciones.
  • Guardar el expediente en formato electrónico que permita copias exactas durante siete años.

Preguntas sobre el depósito de garantía en Connecticut

¿Cuándo debe depositar el corredor de Connecticut el depósito de garantía?

Dentro de tres días bancarios desde la fecha en que todas las partes necesarias firman el contrato (Conn. Gen. Stat. §20-324k(c)).

¿Cuánto tiempo conserva el corredor de Connecticut los registros?

Al menos siete años desde lo último entre el cierre, el desembolso de los fondos en escrow o el vencimiento del contrato (§20-325m(a)).

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Prueba gratis

Fuente: Estatutos Generales de Connecticut §§20-324k y 20-325m (cga.ct.gov, revisado el 26 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.