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Arizona · A.R.S. §14-3971(E)–(G)Declaración de sucesión de inmuebles en Arizona: la vía de sucesión menor para una casa

No antes de seis meses después de una muerte, quienes reclaman como sucesores el interés del fallecido en un inmueble de Arizona, incluida una deuda garantizada con un gravamen sobre un inmueble, pueden presentar una declaración ante el tribunal del condado donde el fallecido tenía su domicilio o, si estaba domiciliado fuera, en cualquier condado donde esté el inmueble (A.R.S. §14-3971(E)). La declaración describe el inmueble y afirma, bajo pena de perjurio, que no hay un representante personal en trámite ni nombrado y que los inmuebles del fallecido en Arizona, menos gravámenes y cargas, no superan $300,000, según el valor fiscal completo del padrón del año de la muerte (§14-3971(E)(1)(a)). También afirma que pasaron seis meses, según un acta de defunción certificada adjunta; que los gastos funerarios y de la última enfermedad y todas las deudas no garantizadas están pagados; que los firmantes tienen derecho como herederos, como legatarios de un testamento válido adjunto o legalizado, o por la asignación en lugar de homestead, los bienes exentos o la asignación familiar; que nadie más tiene derecho al interés, y que no se debe impuesto federal sobre el patrimonio (§14-3971(E)(2)–(6)). Tras comprobar que la declaración está completa, el registrador emite una copia certificada sin anexos, que se inscribe en el registro del condado donde está el inmueble (§14-3971(F)).

Las reglas

  1. 1. Plazo (§14-3971(E))

    No antes de seis meses después de la muerte.

  2. 2. Tope de valor (§14-3971(E)(1))

    Inmuebles en Arizona, menos gravámenes, hasta $300,000 según el valor fiscal completo.

  3. 3. Afirmaciones (§14-3971(E)(2)–(6))

    Acta de defunción adjunta, deudas pagadas, derecho, sin otro reclamante, sin impuesto federal.

  4. 4. Inscripción (§14-3971(F))

    La copia certificada del registrador se inscribe en el registro del condado.

Qué puede hacer el coordinador

  • Cuando los herederos vendan sin sucesión judicial, preguntar si la copia certificada de la declaración está inscrita.
  • Comparar la fecha de la muerte con la marca de seis meses antes de fijar la fecha de cierre.
  • Preguntar a la compañía de títulos si asegurará con base en la declaración inscrita.

Preguntas sobre la declaración de sucesión en Arizona

¿Pueden los herederos de Arizona vender una casa sin sucesión judicial?

Si los inmuebles del fallecido en Arizona, menos gravámenes, valen $300,000 o menos y se cumplen las demás condiciones, los sucesores pueden presentar una declaración de sucesión no antes de seis meses después de la muerte (A.R.S. §14-3971(E)).

¿Cómo se inscribe la declaración de sucesión en Arizona?

Cuando el registrador comprueba que está completa, emite una copia certificada sin anexos, que se inscribe en el registro del condado donde está el inmueble (A.R.S. §14-3971(F)).

Anote la fecha del acta de defunción, la marca de seis meses y la declaración inscrita como tareas en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: A.R.S. §14-3971 (azleg.gov, revisado el 29 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.