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Wyoming · TítuloTasas privadas de transferencia en Wyoming: inexigibles desde el 1 de abril de 2012 y con aviso inscrito para las anteriores

Wyoming define la tasa privada de transferencia como un pago exigible al transmitir un derecho sobre un inmueble, o por el derecho a hacer o aceptar la transmisión, fijo o según valor o precio, con exclusiones como el precio y ciertas contraprestaciones de derechos minerales (W.S. 34-28-101(a)(ii)). La obligación inscrita o pactada en Wyoming desde el 1 de abril de 2012 no acompaña al título ni vincula a futuros dueños, compradores o acreedores hipotecarios (34-28-102). Para las obligaciones anteriores, el beneficiario debe inscribir en cada condado un aviso que revele su existencia e importe, su naturaleza, las penalizaciones por impago, la descripción legal y su nombre y dirección (34-28-103(a)); ningún tribunal de Wyoming puede exigir una obligación no inscrita frente a un comprador de buena fe que adquiera después del 1 de abril de 2012 (34-28-103(b)). La declaración jurada inscrita del transmitente de que envió el pago total por correo certificado a la dirección inscrita del beneficiario es prueba prima facie del pago (34-28-103(c)). El capítulo no se aplica a transmisiones de derechos minerales ni a derechos de superficie anexos (34-28-103(d)).

Lo que fijan las leyes

  1. Prohibida (34-28-102)

    Las obligaciones desde el 1/4/2012 no vinculan a futuros dueños.

  2. Obligaciones anteriores (34-28-103(a))

    El beneficiario inscribe un aviso con importe, naturaleza, penalización y datos.

  3. No inscritas (34-28-103(b))

    Inexigibles frente al comprador de buena fe tras el 1/4/2012.

  4. Declaración de pago (34-28-103(c))

    La declaración inscrita de pago por correo certificado prueba el pago.

Qué revisa el coordinador sobre tasas de transferencia en un inmueble de Wyoming

  • Buscar en el registro del condado un aviso inscrito de obligación de tasa privada.
  • Si existe, pedir la liquidación al beneficiario e inscribir tras el pago la declaración del transmitente.
  • Enviar cualquier reclamación de tasa no inscrita a la compañía de títulos antes del cierre.

Preguntas sobre las tasas privadas de transferencia en Wyoming

¿Son exigibles las tasas privadas de transferencia en Wyoming?

No si se inscribieron o pactaron desde el 1 de abril de 2012 (W.S. 34-28-102); las anteriores necesitan aviso inscrito para vincular al comprador de buena fe (W.S. 34-28-103).

¿Cómo prueba el vendedor de Wyoming que pagó una tasa antigua?

Inscribiendo una declaración jurada de que envió el pago total por correo certificado a la dirección inscrita del beneficiario (W.S. 34-28-103(c)).

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Fuentes: W.S. 34-28-101 a 34-28-103 (wyoleg.gov), revisadas el 31 de octubre de 2026.

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.