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Oklahoma · 60 O.S. §§121–124Declaración jurada en escrituras de Oklahoma: la ley sobre tierras de extranjeros que todo cierre debe cumplir

Oklahoma prohíbe a los extranjeros que no son ciudadanos de EE. UU., y a los gobiernos extranjeros adversarios, adquirir o poseer tierras en el estado directamente o mediante una entidad, un fideicomiso o una empresa estatal extranjera, salvo lo que la ley permite (60 O.S. §121(B)). La excepción principal: un extranjero que es o pasa a ser residente de buena fe de Oklahoma puede adquirir y poseer tierras en las mismas condiciones que los ciudadanos mientras dure la residencia, y tiene cinco años para vender cuando termina (§122); los extranjeros no residentes que reciben tierras por testamento, sucesión o compra en una ejecución pueden conservarlas cinco años (§123). Las empresas de comercio interestatal regulado o con un acuerdo de seguridad nacional con el CFIUS quedan fuera del §121(B), y las tierras no incluyen petróleo, gas ni minerales (§121(A)(5), (B)). Desde el 1 de noviembre de 2023, el secretario del condado solo inscribe una escritura con una declaración jurada notariada adjunta como anexo, firmada por quien adquiere el título, o su apoderado, tutor o representante personal, un directivo autorizado de la entidad o el fiduciario, que acredite que la tierra se obtiene conforme al §121 y que ninguna fuente de fondos infringe la ley estatal o federal (§121(C)). Quedan exentas las escrituras correctivas, las de transferencia por fallecimiento, las órdenes judiciales de sucesión, partición, saneamiento de título y divorcio, las hipotecas y liberaciones, las dedicaciones y las escrituras a favor del gobierno, indicando la exención en la propia escritura (§121(C)(1)–(8)). El Fiscal General publica formularios distintos para personas y para entidades o fideicomisos (§121(D)).

Las reglas

  1. 1. Quién no puede poseer (§121(B))

    Extranjeros no ciudadanos y gobiernos extranjeros adversarios, directamente o mediante entidades o fideicomisos.

  2. 2. Residentes (§122)

    Los residentes de buena fe de Oklahoma pueden poseer como los ciudadanos; cinco años para vender al irse.

  3. 3. Herencia o ejecución (§123)

    Los extranjeros no residentes pueden conservar esas tierras cinco años.

  4. 4. Declaración jurada (§121(C))

    Declaración notariada adjunta a toda escritura inscrita desde el 1 de noviembre de 2023.

  5. 5. Escrituras exentas (§121(C)(1)–(8))

    Correctivas, TOD, órdenes judiciales, hipotecas y liberaciones, dedicaciones, escrituras al gobierno: exención indicada en la escritura.

Qué puede hacer el coordinador

  • Obtener el formulario del Fiscal General (persona, o entidad o fideicomiso) firmado por el comprador y notariado antes del cierre.
  • Si compra una entidad o un fideicomiso, confirmar quién firma como directivo autorizado o fiduciario.
  • En una escritura exenta, comprobar que la exención consta en la propia escritura.

Preguntas sobre la declaración jurada de Oklahoma

¿Toda escritura de Oklahoma necesita la declaración jurada?

Desde el 1 de noviembre de 2023, sí, salvo una exención (escritura correctiva, de transferencia por fallecimiento, orden judicial de sucesión o divorcio, hipoteca o liberación), indicada en la propia escritura (60 O.S. §121(C)).

¿Puede un ciudadano extranjero comprar una casa en Oklahoma?

Un extranjero residente de buena fe en Oklahoma puede adquirir y poseer tierras como un ciudadano mientras dure la residencia (60 O.S. §122); los extranjeros no residentes y los gobiernos adversarios están excluidos, salvo lo que la ley prevé (§121(B)).

Agregue la declaración jurada notariada del comprador como tarea con responsable y fecha antes del cierre en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: 60 O.S. §§121, 122, 123 y 124 (título 60 en oklegislature.gov, revisado el 28 de octubre de 2026).

Información general, no asesoría legal. Si un comprador está cubierto es una cuestión legal para un abogado de ese estado. ClosingCode es software; no es un bufete ni una compañía de títulos. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.