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Delaware · TítuloAviso de litigio pendiente en Delaware: quién puede inscribirlo, el plazo de tres años y la cancelación

En Delaware, la parte que formula una demanda ante un tribunal estatal o el tribunal federal de distrito cuyo objeto es afectar el título de un inmueble, o ejecutar un gravamen de equidad sobre él, puede, tras presentar la demanda, inscribir un aviso de litigio pendiente bajo juramento ante el registrador de escrituras de cualquier condado donde esté el inmueble, con el tribunal y el número de causa, el objeto de la acción, una descripción legal y los nombres de las partes contra quienes debe indexarse; no puede presentarse para una demanda que solo daría derecho a dinero (25 Del. C. §1601). La inscripción es notificación para quien adquiera un derecho de una parte nombrada, que queda vinculado por lo actuado después hasta su cancelación; sin aviso inscrito, una acción pendiente no es notificación implícita antes de la sentencia firme (§1603). El aviso surte efecto durante tres años desde su inscripción; el tribunal puede prorrogarlo con causa justificada mediante una orden inscrita antes del vencimiento (§1604). En 5 días la parte que lo inscribe debe notificar o enviar una copia a cada parte indexada y a todos los que tengan un derecho inscrito, y presentar una declaración de cumplimiento en 10 días (§1605). El tribunal debe cancelar el aviso si el envío no fue oportuno, si una sentencia firme que rechaza la demanda ya no es apelable, o si la demanda solo busca dinero (§1606).

Lo que fijan las leyes

  1. Quién (§1601)

    La parte cuya demanda busca afectar el título o ejecutar un gravamen de equidad; no demandas solo de dinero.

  2. Efecto (§1603)

    Notificación desde la inscripción; sin ella, no hay notificación implícita antes de la sentencia.

  3. Tres años (§1604)

    Prorrogable con causa por una orden inscrita antes del vencimiento.

  4. Envío y cancelación (§§1605, 1606)

    Copias en 5 días; cancelación obligatoria si hay retraso o la demanda fracasa.

Qué hace el coordinador cuando una búsqueda de título en Delaware muestra un lis pendens

  • Preguntar a la compañía de títulos qué necesita (una cancelación, una liberación o una orden judicial) para asegurar el cierre.
  • Revisar la fecha de presentación y si hubo notificación en el plazo legal.
  • Seguir la cancelación como tarea y confirmar que esté inscrita antes del cierre.

Preguntas sobre el lis pendens en Delaware

¿Cuánto dura un aviso de litigio pendiente en Delaware?

Tres años desde su inscripción, salvo que el tribunal lo prorrogue con causa mediante una orden inscrita antes del vencimiento (25 Del. C. §1604).

¿Cuándo debe cancelar un tribunal de Delaware un aviso de litigio pendiente?

Si las copias no se enviaron en el plazo exigido, si una sentencia firme que rechaza la demanda ya no es apelable, o si la demanda solo busca dinero (25 Del. C. §1606).

Siga un lis pendens y su cancelación como tareas de la operación en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuentes: 25 Del. C. §§1601, 1603, 1604, 1605, 1606 (delcode.delaware.gov), revisadas el 30 de octubre de 2026.

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.