Delaware · 25 Del. C. cap. 1Escrituras en Delaware: reconocimiento, dirección del adquirente y prioridad desde la inscripción
En Delaware los inmuebles se transmiten por escritura (25 Del. C. §101), y el Código ofrece un modelo legal de escritura suficiente, aunque otros modelos siguen siendo válidos (§121). La escritura la reconoce una parte en cualquier condado ante el Tribunal Superior, cualquier juez del estado, un notario público, dos jueces de paz del mismo condado o el alcalde de Wilmington, o puede probarse ante el tribunal mediante un testigo firmante (§122), con el reconocimiento o la prueba certificados según el capítulo (§123). Quien presenta una escritura para inscribir debe incluir o adjuntar la dirección del adquirente (§133). La escritura reconocida o probada, con su certificado y anexos, se inscribe en la oficina del registrador del condado donde está el inmueble o parte de él, y la inscripción o una copia oficial es prueba suficiente (§151). La escritura tiene prioridad desde que se inscribe en la oficina correspondiente, sin importar cuándo se firmó, selló y entregó (§153), por lo que inscribirla pronto tras el cierre protege al comprador.
Lo que fijan las leyes
Modelo (§121)
Un modelo legal de escritura es suficiente; otros siguen siendo válidos.
Reconocimiento (§122)
Notario, juez, Tribunal Superior, dos jueces de paz, o prueba por testigo firmante.
Dirección del adquirente (§133)
Incluida o adjunta a la escritura presentada para inscribir.
Prioridad (§153)
Desde la inscripción en el registro del condado, no desde la firma.
Qué revisa el coordinador en una escritura de Delaware
- Que el certificado notarial de reconocimiento esté completo y sellado.
- Que la dirección del adquirente figure en la escritura antes de ir al registro.
- Que la escritura se inscriba pronto: en Delaware la prioridad corre desde la inscripción.
Preguntas sobre los requisitos de la escritura en Delaware
¿Necesita testigos una escritura de Delaware?
La ley exige el reconocimiento ante un funcionario como un notario público; la prueba ante el tribunal mediante un testigo firmante es una alternativa al reconocimiento (25 Del. C. §122).
¿Desde cuándo tiene prioridad una escritura en Delaware?
Desde que se inscribe en la oficina del registrador correspondiente, sin importar cuándo se firmó y entregó (25 Del. C. §153).
Guías relacionadas
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Prueba gratisFuentes: 25 Del. C. §§101, 121, 122, 123, 133, 151, 153 (delcode.delaware.gov), revisadas el 1 de noviembre de 2026.
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