Connecticut · Ejecución hipotecariaEjecución estricta en Connecticut: la redención según la sentencia y cuándo el título se vuelve absoluto
Connecticut ejecuta hipotecas y gravámenes por ejecución estricta salvo que el tribunal, a petición escrita de una parte, ordene una ejecución mediante venta, o que una primera hipoteca se ejecute por venta en el mercado con el consentimiento del dueño (C.G.S. §49-24). En una ejecución estricta con gravámenes posteriores, la sentencia puede disponer que el acreedor que pague la deuda y las costas adquiera el título de forma absoluta una vez ejecutadas todas las partes posteriores, sujeto a los gravámenes anteriores impagados (§49-19). La sentencia de ejecución estricta puede reabrirse con causa a petición escrita, pero no después de que el título sea absoluto en un acreedor, salvo acuerdo de todas las partes comparecidas y de los titulares de derechos posteriores dentro de cuatro meses desde la sentencia o treinta días desde que el título se volvió absoluto, lo que sea posterior; la orden de reapertura se inscribe en el registro municipal (§49-15(a)). En la ejecución mediante venta, la escritura de la persona designada por el tribunal, tras ratificar la venta, da al comprador el derecho que el prestamista habría adquirido por ejecución estricta (§49-26).
Lo que fijan las leyes
Ejecución estricta (§49-24)
La regla; venta solo a petición escrita de parte, o venta en el mercado con consentimiento.
Redención (§49-19)
El acreedor que paga la deuda y las costas adquiere el título absoluto tras ejecutar a las partes posteriores.
Reapertura (§49-15(a))
No tras el título absoluto, salvo acuerdo en 4 meses desde la sentencia o 30 días desde que el título se consolida.
Escritura de venta (§49-26)
Tras la ratificación, el comprador recibe el derecho que daría la ejecución estricta.
Qué revisa el coordinador cuando el título de Connecticut viene de una ejecución
- La sentencia de ejecución estricta y la fecha en que el título se volvió absoluto, o la ratificación judicial de la venta.
- Si se inscribió en el registro municipal una orden certificada que reabra la sentencia.
- El certificado de ejecución que el prestamista debe inscribir una vez vencido el plazo de redención (§49-16).
Preguntas sobre la ejecución estricta en Connecticut
¿Puede reabrirse una ejecución estricta de Connecticut después de consolidarse el título?
Solo por acuerdo de cada parte comparecida y de los titulares de derechos posteriores, dentro de cuatro meses desde la sentencia o treinta días desde que el título se volvió absoluto, lo que sea posterior (C.G.S. §49-15(a)(2)).
¿Ejecuta Connecticut mediante subasta?
Solo cuando el tribunal ordena una ejecución mediante venta a petición escrita de una parte, o una primera hipoteca se ejecuta por venta en el mercado con consentimiento del dueño (C.G.S. §49-24).
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Prueba gratisFuentes: Estatutos Generales de Connecticut §§49-15, 49-16, 49-19, 49-24, 49-26 (cga.ct.gov), revisadas el 31 de octubre de 2026.
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