Dakota del Sur · TítuloLis pendens en Dakota del Sur: presentación ante el registrador, la regla de 60 días y la liberación
En una acción de Dakota del Sur que afecta el título de un inmueble, el demandante, al presentar la demanda o después, o el demandado que pide un remedio propio sobre el inmueble, puede inscribir ante el registrador de escrituras de cada condado donde está el inmueble un aviso de litigio pendiente con las partes, el objeto y la descripción del inmueble en ese condado; no hace falta en una ejecución hipotecaria ni en un gravamen de constructor o minero salvo lo que dispongan esas leyes (SDCL 15-10-1). La acción se considera pendiente desde la presentación del aviso, pero el aviso no sirve si no le sigue la primera publicación de la citación, o su notificación personal a un demandado, dentro de los sesenta días desde la presentación (SDCL 15-10-2). Solo desde la presentación, la acción pendiente es notificación implícita para compradores y acreedores, y quien otorgue o inscriba después una transmisión o gravamen queda vinculado por lo actuado como si fuera parte (SDCL 15-10-3). La parte que lo presentó, o su abogado, puede liberar el aviso inscribiendo ante el registrador un certificado de liberación firmado y reconocido (SDCL 15-10-4).
Lo que fijan las leyes
Presentación (SDCL 15-10-1)
Ante el registrador de escrituras de cada condado donde está el inmueble.
Sesenta días (SDCL 15-10-2)
Sin efecto si la citación no se publica o notifica en persona en 60 días.
Efecto (SDCL 15-10-3)
Notificación implícita desde la presentación; compradores posteriores vinculados como partes.
Liberación (SDCL 15-10-4)
Certificado de liberación reconocido inscrito ante el registrador.
Qué hace el coordinador cuando una búsqueda de título en Dakota del Sur muestra un lis pendens
- Preguntar a la compañía de títulos qué necesita (una cancelación, una liberación o una orden judicial) para asegurar el cierre.
- Revisar la fecha de presentación y si hubo notificación en el plazo legal.
- Seguir la cancelación como tarea y confirmar que esté inscrita antes del cierre.
Preguntas sobre el lis pendens en Dakota del Sur
¿Cómo se elimina un lis pendens en Dakota del Sur?
La parte que lo presentó, o su abogado, inscribe ante el registrador de escrituras un certificado de liberación firmado y reconocido (SDCL 15-10-4).
¿Qué pasa si el demandado de Dakota del Sur no es notificado en 60 días?
El aviso de litigio pendiente no sirve si la citación no se publica o notifica en persona dentro de los sesenta días desde la presentación (SDCL 15-10-2).
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Prueba gratisFuentes: SDCL 15-10-1, 15-10-2, 15-10-3, 15-10-4 (sdlegislature.gov), revisadas el 30 de octubre de 2026.
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