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California · TítuloPrescripción adquisitiva en California: cinco años de posesión y cinco años de impuestos

En California la prescripción adquisitiva no puede quedar establecida salvo que el terreno se haya ocupado y reclamado durante cinco años continuos y el reclamante, con sus causantes, haya pagado puntualmente todos los impuestos estatales, del condado o municipales gravados sobre el terreno en esos cinco años (Código de Procedimiento Civil §325(b)). El pago se acredita con certificados del recaudador de impuestos del condado (§325(b)). Si la reclamación no se basa en un documento escrito, sentencia o decreto, el terreno solo se considera poseído si ha estado protegido por un cerramiento sólido o habitualmente cultivado o mejorado (§325(a)). Como el reclamante debe pagar los impuestos, una cerca del vecino por sí sola no cumple la ley mientras el titular inscrito paga el impuesto.

Lo que fijan las leyes

  1. Cinco años (§325(b))

    Ocupación y reclamación continuas del terreno.

  2. Impuestos (§325(b))

    Todos los impuestos del terreno, pagados a tiempo, durante los cinco años.

  3. Prueba (§325(b))

    Certificados del recaudador de impuestos del condado.

  4. Sin documento escrito (§325(a))

    Solo terreno con cerramiento sólido o habitualmente cultivado o mejorado.

Qué revisa el coordinador cuando un plano de California muestra una invasión

  • Señalar cualquier cerca, construcción o entrada que cruce el lindero en el plano.
  • Preguntar quién pagó el impuesto predial de la franja disputada; los certificados del recaudador lo aclaran.
  • Remitir las reclamaciones de posesión a los abogados de las partes antes del plazo de revisión del título.

Preguntas sobre la prescripción adquisitiva en California

¿Cuánto dura la prescripción adquisitiva en California?

Cinco años de ocupación y reclamación continuas, más el pago puntual de todos los impuestos del terreno en esos cinco años (CCP §325(b)).

¿Una cerca antigua da el título al vecino en California?

No por sí sola. El reclamante también debe haber pagado los impuestos del terreno durante cinco años y, sin documento escrito, el terreno debe estar cercado o cultivado (CCP §325).

Siga la revisión del plano y el plazo de revisión del título como tareas de la operación en ClosingCode.

Prueba gratis

Fuente: Código de Procedimiento Civil §325 (leginfo.legislature.ca.gov), revisada el 31 de octubre de 2026.

Información general, no asesoría legal. ClosingCode es software; no es un bufete ni una correduría. Esta guía no sustituye el consejo ni los servicios de un abogado.