Acuerdo de servicios de coordinación de transacciones
Modelo preparado con ClosingCode. No es asesoría legal: revíselo con su corredor (broker) y, si es necesario, con un abogado de su estado antes de usarlo.
1. Partes
Este acuerdo, con fecha 1 de enero de 2026, es entre [Negocio del coordinador], representado por [Nombre del coordinador] (el «Coordinador»), y [Nombre del agente], de [Correduría] (el «Agente»).
2. Servicios
Para cada transacción que el Agente le asigne, el Coordinador: abre el expediente y arma el calendario de plazos a partir del contrato firmado; da seguimiento a cada fecha límite y envía recordatorios; coordina con el prestamista, la compañía de títulos o de escrow, los inspectores y el agente de la otra parte; reúne y organiza los documentos; mantiene informados a los clientes, en inglés o en español, con mensajes que el Agente puede revisar; y prepara el expediente para la revisión de cumplimiento de la correduría y para el cierre.
3. Lo que el Coordinador no hace
Salvo que tenga licencia y las partes lo acuerden por escrito, el Coordinador no realiza actividades que requieran licencia de bienes raíces: no negocia, no muestra propiedades, no da asesoría legal, fiscal ni de precios, y no interpreta el contrato para los clientes. El Agente sigue siendo responsable de la transacción, de sus clientes y de toda actividad que requiera licencia, bajo la supervisión de su corredor.
4. Tarifas
Por expediente del lado comprador: $395. Por expediente del lado vendedor (listado): $350. Por expediente cancelado después de que el Coordinador lo abrió: $100.
Forma de pago: se paga en el cierre a través de la compañía de títulos o de escrow, o dentro de los 15 días siguientes a la factura si la tarifa no figura en la liquidación.
Las reglas sobre cómo puede cobrar un coordinador sin licencia varían según el estado y la correduría; las partes las confirman con su corredor antes de aplicar este acuerdo.
5. Confidencialidad y datos
Ambas partes mantienen confidencial la información de los clientes y de las transacciones, la usan solo para estos servicios y la protegen con herramientas seguras.
6. Relación entre las partes
El Coordinador presta sus servicios como contratista independiente; este acuerdo no crea una relación laboral, de sociedad ni de agencia.
7. Duración y terminación
El acuerdo rige desde su aceptación y cualquiera de las partes puede terminarlo con aviso por escrito (el correo electrónico es suficiente). Las tarifas de los expedientes ya abiertos se pagan según el punto 4.
8. Aceptación electrónica
Las partes aceptan que escribir su nombre y aceptar este acuerdo por medios electrónicos tiene el mismo efecto que una firma, conforme a la ley ESIGN de EE. UU. y la ley estatal aplicable.
Aceptado por [Nombre del agente] (Agente) y [Nombre del coordinador] en nombre de [Negocio del coordinador] (Coordinador).